Villa Tesei · Partido de Hurlingham · Estudio jurídico

Abogados en Villa Tesei: un estudio jurídico integral

Última verificación editorial: Septiembre 2026 | Avalado por el Dpto. Legal de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente | Código Civil y Comercial, Ley de Contrato de Trabajo y la guía de departamentos judiciales de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires

La respuesta corta

Trabajamos las nueve materias del estudio para consultas de Villa Tesei: laboral, ART, sucesiones, familia, penal, tránsito, civil, empresas y amparos de salud. No hace falta saber de antemano en cuál entra el problema; eso se ubica en la consulta.

En lo que más llega desde la zona —alquileres— hay un requisito que se saltea seguido: antes de demandar el desalojo por falta de pago de una vivienda, el locador debe intimar por medio fehaciente y dar un plazo que nunca puede ser menor a diez días corridos.

Más abajo: las nueve áreas, el departamento judicial que corresponde a Hurlingham y cómo funcionan hoy el contrato de locación y el desalojo.

Consultar por WhatsApp¿Buscás abogados en Villa Tesei?Si el tema es un alquiler, tené a mano el contrato y los últimos comprobantes de pago.

Buscar abogados en Villa Tesei, en lenguaje claro y sin vueltas

Hay una idea instalada que conviene desarmar temprano: que cuando el inquilino deja de pagar, el propietario puede simplemente pedir que lo saquen. No funciona así. El Código pone condiciones antes, y saltearlas hace perder tiempo en lugar de ganarlo.

Del otro lado pasa algo parecido. Quien alquila suele creer que un atraso lo deja sin defensas, y tampoco es cierto: hay un piso de días que la ley garantiza y que existe justamente para poder regularizar.

El estudio atiende las nueve ramas, del lado del propietario y del lado del inquilino, según quién consulte primero.

En qué trabajamos como abogados en Villa Tesei

Una forma útil de mirar las nueve áreas del estudio es por quién está del otro lado, porque eso cambia el tono y los tiempos de cada reclamo.

D
Derecho laboral

Del otro lado hay un empleador, y casi siempre un estudio que ya vio cien casos iguales. Conviene no improvisar la primera respuesta.

A
Accidentes de trabajo y ART

Acá se discute con una aseguradora de riesgos del trabajo y con una comisión médica, que tienen circuitos y tiempos propios.

S
Sucesiones

Del otro lado suelen estar los propios familiares, y eso vuelve todo más lento: la mayor parte del expediente es ponerse de acuerdo.

F
Familia y divorcios

Se discute con alguien con quien va a haber que seguir hablando durante años. Por eso los acuerdos rinden más que las sentencias.

P
Penal

Acá enfrente está el Estado, con toda su maquinaria. La asimetría es máxima y por eso la defensa técnica no es optativa.

A
Accidentes de tránsito

El interlocutor real casi nunca es el otro conductor: es su compañía de seguros, que resuelve la mayoría antes del juicio.

C
Civil y daños

Vecinos, proveedores, locadores, constructores. Es la rama con la contraparte más variada de todas.

E
Empresas y PyMEs

Acá el cliente es la empresa, y del otro lado puede haber un trabajador, un organismo de control o un sindicato.

A
Amparos de salud

Se litiga contra una prepaga u obra social, que suele responder con dictámenes propios. La prescripción médica es lo que sostiene el amparo.

Saber con quién se discute no es un detalle: define si conviene abrir con una negociación, con una intimación o directamente con una demanda. Es una de las primeras cosas que se define en la consulta.

El mapa completo de dónde atendemos está en zonas de cobertura.

Dónde tramita una causa de Villa Tesei

Ubicar el departamento judicial es el paso previo a cualquier presentación. Villa Tesei pertenece al partido de Hurlingham, y ese partido integra el Departamento Judicial de Morón.

PreguntaRespuesta
¿Qué partido?Hurlingham
¿Qué departamento judicial?Morón
¿Qué otros partidos comprende?Ituzaingó, Merlo y Morón
¿Dónde se sigue el expediente?En la sede departamental, no en la localidad
Tres partidos que antes fueron uno solo

El Departamento Judicial de Morón comprende cuatro partidos: Morón, Hurlingham, Ituzaingó y Merlo. Los tres primeros formaban un único partido hasta 1994, cuando Hurlingham e Ituzaingó se constituyeron por separado. La división administrativa cambió, pero la sede judicial siguió siendo Morón para los tres, y de ahí viene la confusión más común de la zona: que un vecino de Hurlingham busque su expediente en su propio partido.

En un juicio de desalojo el criterio no depende del domicilio de las partes sino del inmueble: es donde está la cosa que se reclama. Para un contrato firmado en la zona eso suele coincidir, pero no siempre: hay propietarios que viven lejos del inmueble.

En otras materias el criterio es otro. En una sucesión manda el último domicilio del causante; en un accidente, el lugar del hecho. No hay una regla única y por eso se revisa caso por caso.

La ley de fondo, en cambio, no se mueve. El Código Civil y Comercial que se aplica en Villa Tesei es el mismo de todo el país; lo que cambia con la jurisdicción es el trámite.

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La composición de cada departamento judicial está relevada de la guía de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. No se publica ninguna dirección de juzgado sin esa verificación.

Alquileres y desalojo: lo que hay que saber antes

Es la consulta más frecuente de la zona, y llega de los dos lados del contrato. Estas son las reglas que más se desconocen.

Artículo 1222: la intimación previa es obligatoria

En la locación de inmueble destinado a vivienda, antes de demandar el desalojo por falta de pago el locador debe intimar fehacientemente al locatario el pago de la cantidad debida, con un plazo que nunca puede ser inferior a diez días corridos contados desde la recepción de la intimación.

Es un requisito previo, no una cortesía: sin esa intimación la demanda de desalojo por falta de pago queda expuesta.

PreguntaQué dispone el Código
¿Cuál es el plazo mínimo del contrato?Dos años si el destino es habitacional y tres para los demás destinos (art. 1198)
¿Con cuántos meses impagos se puede resolver?Con la falta de pago de dos períodos consecutivos (art. 1219, inc. c)
¿Hay que intimar antes de demandar?Sí, si es vivienda: intimación fehaciente y no menos de diez días corridos (art. 1222)
¿Y una vez dictada la sentencia?El plazo de ejecución del desalojo no puede ser menor a diez días (art. 1223)

Los dos plazos de diez días son distintos y se suman: uno corre antes de la demanda y el otro después de la sentencia. Contarlos como si fueran el mismo es el origen de casi todas las expectativas irreales sobre cuánto tarda un desalojo.

La intimación no es la demanda

Para el inquilino la lectura práctica es la inversa: recibir una intimación no es todavía un juicio, y ese plazo existe justamente para poder regularizar. Responder por escrito dentro de esos días, aunque sea proponiendo una forma de pago, deja constancia y cambia la discusión posterior.

Queda una pregunta que llega de los dos lados y conviene despejar: qué pasa cuando el contrato se firmó por menos tiempo del mínimo. El artículo 1198 no anula ese contrato ni obliga a rehacerlo, sino que dispone que se considere celebrado por el plazo mínimo legal. El acuerdo entre las partes no puede quedar por debajo de ese piso, aunque los dos lo hayan firmado convencidos.

Qué conviene tener a mano para consultar

Con estos elementos a la vista, la primera conversación deja de ser general. Si falta alguno, igual se puede avanzar.

  • El contrato de locación firmado, completo y con sus anexos
  • Los comprobantes de pago de los últimos meses
  • Cualquier carta documento enviada o recibida, con su fecha
  • El acta de entrega o el inventario del estado del inmueble
  • Los datos de la garantía o el seguro de caución, si existe
  • Fotos o constancias del estado actual del inmueble

Un consejo que sirve para las dos partes: todo lo que se hable por teléfono conviene repetirlo por escrito. En un desalojo la discusión termina siendo qué se intimó, cuándo y con qué constancia, y eso no se reconstruye después.

Marco normativo de las consultas de Villa Tesei

Las reglas citadas arriba salen de estas normas. Van con el número de artículo para que cada afirmación pueda contrastarse contra el texto oficial.

C
Código Civil y Comercial, artículo 1198

Fija el plazo mínimo legal de la locación de inmueble: dos años para destino habitacional y tres para los demás destinos, según el texto vigente.

C
Código Civil y Comercial, artículo 1219

Enumera las causales por las que el locador puede resolver el contrato, entre ellas la falta de pago de dos períodos consecutivos.

C
Código Civil y Comercial, artículo 1222

Exige la intimación fehaciente previa, con un plazo no menor a diez días corridos, antes de demandar el desalojo por falta de pago de una vivienda.

C
Código Civil y Comercial, artículo 1223

Dispone la restitución del inmueble desocupado y que el plazo de ejecución de la sentencia de desalojo no sea menor a diez días.

G
Guía de departamentos judiciales de la Suprema Corte

Hurlingham integra el Departamento Judicial de Morón, junto con Morón, Ituzaingó y Merlo.

C
Competencia territorial en el desalojo

En los juicios sobre inmuebles el criterio se ordena alrededor de dónde está el bien, y no del domicilio de las partes.

Errores frecuentes al buscar abogados en Villa Tesei

Demandar el desalojo sin intimar antesHace tres meses que no paga, lo saco y listoEl artículo 1222 exige la intimación fehaciente previa con un plazo no menor a diez días corridos cuando el destino es vivienda.
Dar un plazo demasiado corto en la intimaciónLe di 48 horas para que pagueEl artículo 1222 fija un piso de diez días corridos desde la recepción, y un plazo menor deja la intimación en falso.
Resolver el contrato por un solo mes impagoSe atrasó una vez, ya está incumpliendoEl inciso c del artículo 1219 se refiere a la falta de pago de dos períodos consecutivos.
Esperar que el desalojo se ejecute al día siguienteYa tengo la sentencia, mañana entroEl artículo 1223 dispone que el plazo de ejecución de la sentencia de desalojo no pueda ser menor a diez días.
Firmar un contrato de vivienda por menos del mínimo legalAcordamos un año y los dos estábamos de acuerdoEl artículo 1198 considera celebrado el contrato por el plazo mínimo legal aunque se haya pactado uno menor.
Entregar el inmueble sin dejar constanciaDevolví las llaves y me fuiSin acta ni constancia de la entrega, después se discute la fecha de restitución y el estado del inmueble.

Preguntas frecuentes sobre abogados en Villa Tesei

¿Qué materias atienden para Villa Tesei?

Las nueve del estudio: laboral, ART, sucesiones, familia, penal, tránsito, civil y daños, empresas y PyMEs, y amparos de salud.

¿A qué departamento judicial pertenece Hurlingham?

Al Departamento Judicial de Morón, que comprende además los partidos de Morón, Ituzaingó y Merlo.

¿Puedo iniciar el desalojo apenas deja de pagar?

El inciso c del artículo 1219 habla de la falta de pago de dos períodos consecutivos, y el artículo 1222 exige la intimación fehaciente previa si el destino es vivienda.

¿Cuánto tiempo hay que darle en la intimación?

El artículo 1222 fija un plazo que nunca puede ser inferior a diez días corridos contados desde la recepción de la intimación.

¿Cuál es el plazo mínimo de un alquiler de vivienda?

El artículo 1198 establece un plazo mínimo legal de dos años para el destino habitacional y de tres para los demás destinos.

Firmamos por un año. ¿Vale?

El artículo 1198 dispone que el contrato se considere celebrado por el plazo mínimo legal, más allá de lo que las partes hayan escrito.

Tengo sentencia de desalojo. ¿Cuándo se ejecuta?

El artículo 1223 dispone que el plazo de ejecución de la sentencia de desalojo no pueda ser menor a diez días.

Recibí una carta documento del propietario. ¿Ya me van a desalojar?

Una intimación no es una demanda. El plazo del artículo 1222 existe, entre otras cosas, para poder regularizar la situación antes de que haya juicio.

¿Atienden también del lado del inquilino?

Sí. El estudio interviene tanto para el locador como para el locatario, según quién consulte primero.

Dónde consultar las normas citadas

Todos los artículos citados pueden leerse en el texto vigente publicado por InfoLEG, y la integración de cada departamento judicial figura en la guía oficial de la Suprema Corte.

Atendemos como abogados en Villa Tesei y en el resto de Hurlingham, en las nueve materias del estudio. Si el tema es un alquiler, traer el contrato y los comprobantes ahorra media consulta.

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