Abogados Laborales de Vigiladores y Personal de Seguridad Privada

Mientras usted protege a otros, nosotros protegemos sus derechos. Especialistas en el Convenio Colectivo 507/06. No regale su trabajo contacte a nuestros Abogados Laborales de Vigiladores.

Su Recibo de Sueldo Miente: La Realidad del Trabajo de Vigilador

Turnos de 12 horas, francos rotativos, exposición a riesgos constantes y, al final del mes, un recibo de sueldo que solo muestra 8 horas y un básico. ¿Le suena familiar? El pago de horas extras en negro y la evasión de pluses y adicionales son las estafas más comunes en el sector de la seguridad privada. Como abogados especialistas en el Convenio Colectivo 507/06, nuestro trabajo es simple: hacer que su recibo de sueldo refleje la realidad de su esfuerzo y que le paguen hasta el último peso que le deben.

Las 5 Estafas Laborales Más Comunes en Seguridad Privada según Nuestros Abogados Laborales de Vigiladores

01.

Horas Extras en Negro

Le hacen trabajar turnos de 12 horas pero en el recibo solo figuran 8. Reclamamos el registro y pago correcto de todas sus horas, lo que impacta en aguinaldo, vacaciones y una futura indemnización.

02.

Francos Mal Pagados

Lo llaman para cubrir un franco y se lo pagan como un día normal, o se lo 'compensan' otro día. Su franco vale el doble. Reclamamos todas las diferencias.

03.

Pluses y Adicionales Ocultos

No le pagan el plus por portar arma, el plus por objetivo riesgoso o los adicionales por antigüedad. Auditamos su recibo y reclamamos todo lo que le falta.

04.

Registración Deficiente

Figura con una fecha de ingreso posterior a la real o con una categoría inferior. Esto disminuye su antigüedad y su sueldo. Exigimos la correcta registración.

05.

Despidos 'Con Causa' Falsos

Le inventan una causa (abandono de trabajo, una falta menor) para no pagarle la indemnización. Impugnamos el despido y reclamamos lo que le corresponde.

Sus Herramientas de Trabajo Son sus Derechos. Reclame con Abogados Laborales de Vigiladores

El Convenio Colectivo 507/06 es claro. Su empleador no solo debe pagarle el sueldo, también debe garantizarle las herramientas y condiciones para que pueda realizar su trabajo de forma segura y digna.

Abogados Laborales de Vigiladores

Riesgos y Reclamos Asociados a Abogados Laborales de Vigiladores

El Camino de su Reclamo con Abogados Laborales de Vigiladores, Paso a Paso

1

Consulta Confidencial

Nos contacta y nos cuenta su caso. Un abogado para vigiladores de nuestro equipo analizará su situación, sus recibos y le dará un panorama claro y honesto de lo que puede reclamar. Esta consulta es 100% gratuita.

2

La Intimación (Telegrama)

Redactamos y enviamos el telegrama laboral. Este es el primer paso formal. Intimamos a la empresa a que regularice su situación y le pague lo adeudado. Este documento, redactado por un experto, marca la seriedad de su reclamo.

3

La Negociación (SECLO)

Citamos a la empresa a la audiencia de conciliación obligatoria (SECLO). Aquí, nuestros abogados laborales de vigiladores negocian cara a cara con la empresa para lograr el mejor acuerdo posible, evitando el desgaste de un juicio.

4

El Cobro (Acuerdo o Juicio)

Si se llega a un acuerdo, usted cobra su indemnización. Si la empresa ofrece una suma injusta, iniciamos la demanda judicial. Llevamos su caso a los tribunales para que un juez condene a la empresa a pagar lo que le corresponde por ley.

Enfermedades Profesionales: El Desgaste Oculto de su Trabajo

Su labor no solo implica riesgos de accidentes, sino también un desgaste físico y mental que, con el tiempo, se convierte en enfermedad. La ART tiene la obligación de reconocerlas, darle tratamiento y pagarle una indemnización si le queda una secuela.

Problemas de Columna y Piernas

La bipedestación prolongada (estar parado por horas) es la causa directa de várices, hernias de disco y lumbalgias crónicas. Estas no son "cosas de la edad", son enfermedades profesionales que la ART debe cubrir.

Estrés Postraumático (EPT)

Haber sufrido un robo, asalto o situación violenta en el objetivo deja secuelas psicológicas. El miedo, la ansiedad o la imposibilidad de volver a ese lugar son síntomas de EPT, una enfermedad que la ART debe tratar con terapia y, si es necesario, indemnizar.

Burnout y Estrés Crónico

La rotación constante de turnos (día/noche), la sobrecarga de horas extras y la presión constante pueden derivar en un síndrome de burnout o estrés crónico, afectando su salud cardiovascular y mental. Es una enfermedad profesional reclamable.

Su Objetivo Define sus Riesgos y sus Derechos: No es lo Mismo

Countries y Barrios Privados

Su rol de control de acceso y rondín implica una enorme responsabilidad. Los conflictos con propietarios, la falta de garitas adecuadas y la exposición a robos planificados son riesgos específicos. Además, verificamos si le corresponde el plus por objetivo.

Bancos y Entidades Financieras

Es un objetivo riesgoso por definición. El plus por objetivo bancario y el adicional por portación de arma son obligatorios. Su exposición a salideras bancarias o asaltos exige una protección legal y de ART de máximo nivel.

Hospitales y Centros de Salud

Implica un alto nivel de estrés y riesgo de agresiones por parte de personas en estado de crisis. La carga emocional y la falta de protocolos de seguridad son incumplimientos del empleador que pueden dar lugar a reclamos.

Shoppings y Centros Comerciales

El control de multitudes, la prevención de mecheros y la gestión de incidentes en grandes superficies requieren una capacitación específica. Reclamamos por accidentes (caídas, golpes) y por el estrés derivado de un entorno de alta demanda.

No Todos los Abogados Laborales son Iguales: La Ventaja del Especialista

Un Abogado Laboral General

  • Conoce la Ley de Contrato de Trabajo, pero no las particularidades del CCT 507/06.
  • Puede pasar por alto reclamos específicos como el "plus por objetivo" o el adicional por arma.
  • No está familiarizado con tácticas abusivas como "la heladera" o la transferencia fraudulenta de personal.
  • Calcula una liquidación estándar, sin auditar los complejos adicionales de su rubro.

Un Abogado para Vigiladores

  • Domina el Convenio Colectivo 507/06 y sabe cómo aplicarlo a su favor.
  • Identifica inmediatamente cada plus, adicional y derecho específico que su empleador le está negando.
  • Conoce las "tretas" de las empresas de seguridad y tiene la estrategia para contrarrestarlas.
  • Nuestros abogados laborales de vigiladores aseguran que cada hora extra, cada franco trabajado y cada riesgo asumido sea correctamente compensado en su reclamo.

Defensa Contra Prácticas Abusivas: Conociendo las "Tretas" de la Empresa

Táctica de la Empresa: "La Heladera"

Lo envían a un objetivo lejano, sin tareas, en un horario imposible o a una garita inhabitable. El objetivo es desgastarlo para que renuncie. Esta práctica se conoce como cambio de objetivo punitivo o acoso laboral (mobbing). Es una forma de hostigamiento para forzar su salida sin pagarle indemnización.

Su Derecho y Nuestra Acción

Este cambio abusivo de las condiciones de trabajo (ius variandi abusivo) es ilegal. Intimamos a la empresa para que restablezca sus condiciones originales. Si no lo hacen, usted puede considerarse despedido por culpa exclusiva del empleador (despido indirecto) y reclamar la indemnización completa más multas.

Táctica de la Empresa: Suspensiones Reiteradas

Le aplican suspensiones disciplinarias por motivos menores o inventados, afectando su sueldo y su legajo. El objetivo es crear un historial de "mal comportamiento" para justificar un futuro despido con causa o, nuevamente, para presionarlo a que renuncie.

Su Derecho y Nuestra Acción

Cada suspensión debe ser notificada por escrito y tener una causa justa y proporcionada. Impugnamos cada sanción mal aplicada mediante telegrama. Si las suspensiones son abusivas y reiteradas, configuran una injuria laboral que también le permite considerarse despedido.

Cambio de Empresa en el Objetivo: Su Antigüedad NO se Pierde

Es una de las prácticas más comunes y fraudulentas: la empresa de seguridad pierde la licitación, entra una nueva y lo "toman" como un empleado nuevo, haciéndole perder años de antigüedad. La ley lo protege.

Transferencia del Contrato de Trabajo

Si usted continúa trabajando en el mismo objetivo, cumpliendo las mismas funciones, la ley considera que hubo una transferencia de establecimiento (Art. 225 LCT). La nueva empresa está OBLIGADA a reconocerle la totalidad de su antigüedad acumulada con la empresa anterior.

Responsabilidad Solidaria

Tanto la empresa que se va como la que entra son solidariamente responsables por todas las deudas laborales que existan con usted. Si la empresa anterior le debía horas extras o pluses, puede reclamárselos a la nueva empresa.

El Fraude del "Despido y Recontratación"

La maniobra habitual es que la empresa saliente lo "despida" pagándole una indemnización (muchas veces mal liquidada) y la nueva lo tome "de cero". Esto es un fraude. Si lo obligan a firmar, debe hacerlo "en disconformidad" y contactar a un abogado. Su verdadera antigüedad sigue corriendo.

¿Y si me obligan a ser "Monotributista"?

Si la nueva empresa le exige que se inscriba como monotributista para seguir trabajando en el mismo objetivo, es un fraude laboral agravado. Sigue siendo un empleado en relación de dependencia y tiene todos sus derechos intactos para reclamar.

El Equipamiento: Su Derecho a Trabajar Seguro (y Legalmente)

El Arma de Fuego

Si su objetivo es armado, la empresa está obligada a proveer un arma registrada a su nombre y a mantener su Credencial de Legítimo Usuario (CLU) vigente, haciéndose cargo de los costos. Obligarlo a trabajar con un arma no registrada o con el CLU vencido es una falta gravísima que pone en riesgo su libertad.

El Equipo de Comunicación

Un handie o equipo de comunicación en funcionamiento no es un lujo, es una herramienta esencial de seguridad. La falta de un medio para pedir apoyo o reportar una novedad es un incumplimiento del deber de seguridad del empleador. Si sufre un daño por no poder comunicarse, la responsabilidad de la empresa es mayor.

El Botón Antipánico

En objetivos de alto riesgo (bancos, pagofácil, etc.), la existencia y el correcto funcionamiento de un botón antipánico es fundamental. Su ausencia o mal funcionamiento es una negligencia grave de la empresa de seguridad y del dueño del objetivo, siendo ambos responsables.

El Uniforme y la Ropa de Trabajo

El CCT 507/06 es claro: el empleador debe proveer dos uniformes completos por año, incluyendo calzado y abrigo, sin costo alguno. No pueden descontárselo del sueldo ni obligarlo a comprarlo. Es su derecho y la imagen de la empresa.

Casos Reales: Cómo un Abogado de Vigiladores Marca la Diferencia

El Caso de las Horas Extras en Negro

Situación: Un vigilador de un centro logístico trabajaba turnos de 12hs, pero solo le liquidaban 8hs en el recibo. Lo despidieron y le ofrecieron una indemnización mínima.

Resultado: A través de testigos y un análisis de los registros de ingreso, demostramos la jornada real. Se logró un acuerdo en SECLO por una cifra que triplicaba la oferta inicial de la empresa.

El Accidente en el Objetivo

Situación: Un custodio sufrió una caída en un rondín nocturno por falta de iluminación en el perímetro de una fábrica. La ART le dio el alta prematuramente sin reconocer la secuela en su rodilla.

Resultado: Impugnamos el alta, logramos que la Comisión Médica reconociera una incapacidad del 15% y conseguimos que la ART le pagara la indemnización correspondiente por la secuela permanente.

El Despido "Con Causa" Falso

Situación: Una empresa despidió a un vigilador con 20 años de antigüedad acusándolo falsamente de "abandono de trabajo" para no pagarle la indemnización.

Resultado: Rechazamos la causa por telegrama. Al no poder probar la empresa el supuesto abandono, se vio forzada en la audiencia de conciliación a pagar la totalidad de la indemnización por despido sin causa que correspondía.

La Etapa Final de la Carrera: Aportes, Jubilación y Protección

Sus Aportes: El Futuro que Construye Hoy

Cada hora extra pagada en negro, cada adicional no incluido en su recibo, es dinero que no se está aportando a su futura jubilación. Es fundamental controlar sus aportes.

  • ¿Cómo revisar mis aportes?: Puede hacerlo fácilmente con su Clave de Seguridad Social en la página de Mi ANSES, en la sección "Trabajo" -> "Consulta de Historia Laboral".
  • Régimen Especial: A diferencia de otras profesiones de riesgo, el vigilador de seguridad privada no tiene un régimen de jubilación anticipada. Se jubila bajo el régimen general, por lo que cada aporte cuenta.

Despido por Edad (Art. 252 LCT)

Cuando usted cumple los requisitos para jubilarse (edad y 30 años de aportes), la empresa puede intimarlo a que inicie los trámites. Una vez que obtiene el beneficio, la empresa puede extinguir el contrato pagándole una indemnización reducida.

  • Intimación Obligatoria: La empresa no puede despedirlo "por viejo". Debe enviarle un telegrama intimándolo a jubilarse y mantenerle el puesto por un año.
  • Discriminación por Edad: Si lo despiden sin causa antes de que cumpla los requisitos, o lo presionan para que se vaya por su edad, es un acto de discriminación y corresponde la indemnización completa por despido.

Responsabilidad Solidaria: Su Doble Garantía de Cobro

¿Sabía que no solo su empresa de seguridad es responsable por su sueldo y sus condiciones de trabajo? La ley establece que el lugar donde usted presta servicios (el "objetivo") es solidariamente responsable.

¿Qué dice el Art. 30 de la LCT?

Establece que quien contrata o subcontrata servicios que hacen a su "actividad normal y específica", debe controlar que el contratista (su empresa de seguridad) cumpla con todas las obligaciones laborales y de la seguridad social. Si no lo hace, es responsable junto con su empleador.

¿A Quiénes Aplica?

Aplica a la gran mayoría de los objetivos: countries y barrios privados, consorcios de edificios, fábricas, parques industriales, shoppings, supermercados, bancos y hospitales. La seguridad es parte de su actividad normal.

¿Qué significa esto para usted? Que si su empresa de seguridad no le paga la indemnización, las horas extras o los aportes, podemos demandar no solo a su empleador, sino también al country, al shopping o a la fábrica donde usted trabajaba, multiplicando sus chances de cobrar.

El CLU y el Arma Reglamentaria: Lo que la Empresa DEBE Hacer (y lo que es Ilegal)

Obligaciones de la Empresa

  • Pagar el 100% de los Costos: La empresa debe pagar la totalidad de los gastos para obtener y renovar su Credencial de Legítimo Usuario (CLU), incluyendo el examen psicofísico y el curso de tiro.
  • Gestionar la Portación: No solo debe ser Legítimo Usuario, la empresa debe tramitar y mantener vigente la credencial de portación de arma para el objetivo que usted cubre.
  • Proveer un Arma Registrada: El arma debe ser propiedad de la empresa y estar debidamente registrada ante la ANMaC (Agencia Nacional de Materiales Controlados).

Prácticas Ilegales y Abusivas

  • Descontarle los Gastos: Es ilegal que le descuenten de su sueldo el costo de la renovación del CLU, el psicofísico o las prácticas de tiro.
  • Obligarlo a Usar un Arma Propia: Jamás deben exigirle que use un arma de su propiedad para cubrir un servicio. La herramienta de trabajo la provee el empleador.
  • Forzarlo a Trabajar con el CLU Vencido: Si su credencial está vencida, usted no puede portar un arma. Obligarlo a hacerlo lo expone a un problema penal grave y es una falta gravísima de la empresa que justifica un despido indirecto.

Opiniones de Nuestros Abogados Laborales de Vigiladores

Checklist de Salida: El Dinero y los Papeles que DEBEN Entregarle

La Liquidación Final (El Dinero)

Al ser despedido sin causa, su liquidación debe incluir:

  • ✔ Indemnización por Antigüedad: 1 sueldo por cada año trabajado.
  • ✔ Preaviso: 1 o 2 sueldos, según su antigüedad.
  • ✔ Integración Mes de Despido: El pago de los días que faltan para terminar el mes.
  • ✔ SAC Proporcional: El aguinaldo por el semestre trabajado.
  • ✔ Vacaciones No Gozadas: El pago de los días de vacaciones que le quedaban.
  • IMPORTANTE: Todo esto se calcula sobre su sueldo real, incluyendo las horas extras en negro y los pluses no pagados.

Los Certificados (Los Papeles)

Además del dinero, la empresa está OBLIGADA a entregarle:

  • ✔ Certificado de Trabajo (Art. 80 LCT): Detalla su fecha de ingreso, egreso, categoría y tareas. Es fundamental para conseguir un nuevo empleo.
  • ✔ Certificación de Servicios y Remuneraciones (Form. PS.6.2): Es la constancia de sus aportes jubilatorios. Sin este formulario, no podrá iniciar su trámite jubilatorio en el futuro.
  • ✔ Constancia de Baja en AFIP.
  • ¡ATENCIÓN!: Si la empresa no le entrega estos certificados en tiempo y forma, usted puede reclamar una multa a su favor equivalente a 3 de sus sueldos.

Preguntas Frecuentes Sobre Abogados Laborales de Vigiladores

Trabajo turnos de 12 horas. ¿Cuántas horas extras me corresponden?

Si su turno es de 12 horas, las primeras 8 horas son su jornada normal. Las 4 horas restantes son horas extras y deben pagarse con un 50% de recargo. Si esas 12 horas caen en su franco o un feriado, todas las horas deben pagarse al 100% de recargo.

Sí, es uno de los reclamos más importantes. Al pagarle en negro, no le están haciendo los aportes jubilatorios ni los pagos a la obra social sobre ese dinero. Se debe intimar para que se registren correctamente todas las horas y, si lo despiden por ello, la indemnización se calculará sobre el sueldo real total (lo que cobraba en blanco + en negro).

Es un adicional que corresponde cuando el objetivo donde presta servicio tiene características especiales o de mayor riesgo, como bancos, financieras, centros comerciales, hospitales, o countries. El Convenio 507/06 establece qué tipo de objetivos llevan este plus. Si no se lo pagan, puede reclamar las diferencias.

No. Esa práctica, conocida en la jerga como «la heladera» o «el freezer», es una forma de acoso laboral (mobbing) y un ejercicio abusivo del poder del empleador. Si el cambio le causa un perjuicio moral o material (más gastos de viaje, más tiempo), puede oponerse e incluso considerarse despedido por culpa del empleador.

Sí, obligatoriamente. El CCT 507/06 establece un «adicional por portación de arma» que es un porcentaje de su sueldo básico. Es un plus que compensa el mayor riesgo y la responsabilidad que asume. Si no figura en su recibo, está perdiendo dinero todos los meses.

Es una falta gravísima de la empresa. La ley exige que el empleador le provea un chaleco antibalas vigente y en buen estado. Si está vencido, debe negarse a tomar el servicio (ya que su vida corre peligro) e intimar a la empresa para que se lo reemplace de inmediato. Si no lo hacen, puede considerarse despedido.

No, es incorrecto y es la trampa más común. La indemnización por despido se calcula sobre su «mejor remuneración mensual, normal y habitual», es decir, su sueldo real total, incluyendo horas extras, adicionales y cualquier suma que le pagaran en negro.

El convenio establece un descanso semanal de 36 horas corridas. Generalmente se traduce en un día y medio de franco. Si lo hacen trabajar en sus francos, esas horas deben ser pagadas al 100% de recargo, sin excepción.

No. El CCT 507/06 establece claramente que el empleador debe proveer el uniforme completo (generalmente dos juegos por año) sin costo alguno para el trabajador. Es ilegal que se lo descuenten de su sueldo.

Sí, sin ninguna duda. Un asalto o agresión durante su horario de trabajo es un accidente de trabajo. La ART está obligada a darle toda la atención médica, psicológica, pagarle el sueldo mientras esté de licencia y una indemnización si le quedan secuelas físicas o psicológicas (estrés postraumático).

Sí. Es obligación del empleador garantizar condiciones de trabajo dignas y seguras. La falta de un baño, agua potable, o una garita que no protege del frío o calor extremo es un incumplimiento grave que puede ser intimado y, de no solucionarse, dar lugar a un despido indirecto.

Son los principales sindicatos que representan a los trabajadores de la seguridad privada en Argentina (Sindicato Único de Trabajadores de Custodios y Afines y Unión del Personal de Seguridad). El Convenio Colectivo de Trabajo 507/06 fue firmado por ellos y las cámaras empresariales.

Es discutible. Si bien dormir en el puesto es una falta, si usted puede demostrar que la empresa lo somete a jornadas agotadoras y no le da el descanso adecuado, la sanción puede ser considerada desproporcionada o incluso nula, ya que fue la propia empresa la que generó el estado de agotamiento.

Sí. Al renunciar, le corresponde el pago de los días trabajados en el mes, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas. Si le pagaban parte del sueldo en negro, debe asegurarse de que esta liquidación final se calcule sobre su sueldo real.

Sí, es muy probable. Las várices, las hernias de disco y otros problemas de columna son enfermedades muy comunes en los vigiladores por la bipedestación prolongada. Se puede iniciar un reclamo ante la ART para que sea reconocida como enfermedad profesional, le den tratamiento y le paguen una indemnización.

Cuidado. Muchas «cooperativas» de seguridad son en realidad un fraude laboral para encubrir una relación de dependencia y evitar pagar cargas sociales. Si usted cumple un horario, recibe órdenes y le pagan un sueldo fijo, es un empleado y tiene todos los derechos del CCT 507/06, sin importar cómo lo llamen.

No. Un cambio tan esencial del contrato de trabajo, como pasar de día a noche, debe ser con su acuerdo. Si se lo imponen y le causa un perjuicio (familiar, de salud, etc.), se considera un ejercicio abusivo del poder del empleador y puede ser rechazado.

Sí. El tiempo que usted está a disposición del empleador, desde que llega al objetivo y recibe las directivas hasta que entrega el puesto, se considera tiempo de trabajo y debe ser remunerado.

Debe rechazar la causa del despido por telegrama de forma inmediata. La empresa tendrá la obligación de probar en un juicio que el motivo que invocaron fue real y grave. Si no pueden probarlo, el despido se considera sin causa y deben pagarle la indemnización completa más las multas.

Porque su convenio es una ley en sí misma, llena de detalles, adicionales y derechos específicos (plus por arma, por objetivo, chaleco, uniforme, francos) que un abogado no especialista desconoce. Conocer el CCT 507/06 es la única herramienta para calcular correctamente lo que le deben y ganar su reclamo.

Su Trabajo es Proteger a los Demás. Nuestra Misión es Protegerlo a Usted. Contacte Hoy Abogados Laborales de Vigiladores

No dude en consultar. Su reclamo es justo y la ley lo ampara. La primera consulta es gratuita y le daremos un panorama claro de su situación.

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