Abogados por Lesiones Penales: Defensa y Querella en CABA y Provincia de Buenos Aires

Ya sea que necesite defenderse de una acusación por agresión o sea la víctima de un ataque y busque justicia, nuestro equipo de abogados por lesiones especialistas le brindará la estrategia legal precisa y contundente que su caso requiere.

Abogados por Lesiones Penales: Tipos y Gravedad según el Código Penal

No todas las agresiones físicas son iguales ante la ley. El Código Penal Argentino clasifica las lesiones en tres categorías según el daño causado a la salud de la víctima. Esta clasificación es determinante para la pena y la estrategia legal a seguir. Somos Abogados Especialistas en Derecho Penal.

Lesiones Leves (Art. 89)

Son aquellas que producen un daño en el cuerpo o en la salud que no encuadra en las categorías de graves o gravísimas. La ley establece un tiempo de curación o incapacidad para el trabajo menor a un mes. Aunque son las más comunes, una defensa o querella bien llevada es fundamental.

Lesiones Graves (Art. 90)

La figura se agrava si la lesión causa una debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano o de un miembro, o una dificultad permanente de la palabra. También si pone en peligro la vida, inutiliza para el trabajo por más de un mes o deforma el rostro de manera permanente.

Lesiones Gravísimas (Art. 91)

Son las de mayor gravedad y se configuran si la lesión causa una enfermedad mental o corporal incurable, la inutilidad permanente para el trabajo, la pérdida de un sentido, de un órgano, de un miembro, de la palabra o de la capacidad de engendrar o concebir. Las penas son significativamente mayores.

Abogados por Lesiones Penales: Estrategias para la Víctima y para el Acusado

Un caso de lesiones penales tiene dos protagonistas con intereses contrapuestos. Nuestro estudio está preparado para representar a cualquiera de las partes, con estrategias legales diferenciadas y específicas para cada rol.

Estrategia para la VÍCTIMA (Querellante) de lesiones penales.

Estrategia para el ACUSADO (Imputado) por lesiones penales

La Prueba Clave: El Rol del Médico Legista en un Juicio por Lesiones Penales

En un caso de lesiones, la palabra de las partes no es suficiente. La prueba central es la pericia del Cuerpo Médico Forense. Este informe médico-legal es el que determinará objetivamente:

  • La existencia y tipo de las lesiones.
  • El tiempo estimado de curación.
  • Si han dejado secuelas funcionales o estéticas permanentes.
  • Si pusieron en peligro la vida de la víctima.

El resultado de esta pericia es lo que define si las lesiones son consideradas leves, graves o gravísimas. Como sus abogados por lesiones penales, nuestra labor es controlar este informe. Si somos querellantes, nos aseguramos de que refleje la totalidad del daño. Si somos defensores, proponemos un perito de parte para que lo analice, busque inconsistencias y presente un informe alternativo si corresponde.

Abogados por Lesiones Penales

Jurisdicción y Competencia: Abogados por Lesiones Penales en su Zona

El proceso penal por un delito de lesiones se inicia y tramita en la jurisdicción donde ocurrió el hecho. Contar con un abogado que conozca la operatoria local es fundamental.

Preguntas Frecuentes a Abogados por Lesiones Penales

¿Cuál es la diferencia entre lesiones leves, graves y gravísimas?

La diferencia radica en la magnitud del daño a la salud. Las lesiones leves incapacitan por menos de un mes. Las graves debilitan permanentemente un sentido u órgano, deforman el rostro o incapacitan por más de un mes. Las gravísimas causan un daño incurable, la pérdida de un miembro o sentido, o la inutilidad permanente para el trabajo.

Lo primero y más crucial es buscar atención médica inmediata y luego, lo antes posible, ser examinado por un médico legista o del Cuerpo Médico Forense para certificar las lesiones. Sin un informe médico oficial, es muy difícil que una denuncia penal prospere. Inmediatamente después, contacte a un abogado para radicar la denuncia.

«La defensa depende del caso. Un abogado penalista puede argumentar una causal de justificación como la legítima defensa, cuestionar la prueba médica de la víctima, proponer un perito de parte para que ofrezca otra visión, o demostrar que los hechos no ocurrieron como los relata el denunciante.

La legítima defensa es una causal que anula la penalidad de la acción. Para que se configure, debe haber existido una agresión ilegítima, una necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla, y falta de provocación suficiente por parte de quien se defiende. Probarla requiere una estrategia legal sólida.

Es la prueba más importante, pero no la única. Se complementa con la historia clínica, testimonios, fotografías, videos y, fundamentalmente, el informe de un perito médico de parte que puede controlar, ampliar o contradecir las conclusiones del perito oficial.

Sí. Para tener un rol activo debe constituirse como ‘parte querellante’ con el patrocinio de un abogado. Como querellante, puede proponer pruebas, apelar decisiones del fiscal o del juez y asegurarse de que la causa no quede estancada.

No. Participar en una riña donde resultan lesiones graves o muertes tiene una pena menor que la de ser el autor individual de esas lesiones. Si se puede probar que el hecho ocurrió en el contexto de una riña, es un atenuante importante para la defensa.

Sí. Se conoce como ‘lesiones culposas’. A diferencia de las lesiones dolosas (con intención de dañar), aquí el daño se produce por negligencia, imprudencia o impericia al conducir. Es una figura penal con penas menores, pero que igualmente genera antecedentes.

Sí. Además de la causa penal que busca una sanción para el agresor, puede iniciar una demanda civil por daños y perjuicios. En ella, se reclama una compensación económica por el daño físico, el daño moral (sufrimiento), los gastos médicos y el lucro cesante (lo que dejó de ganar por no poder trabajar)

Si las lesiones son infligidas por un hombre a una mujer mediando violencia de género, la figura penal se agrava. El Código Penal prevé penas más altas para estos casos, y el tratamiento judicial y procesal es diferente, con medidas de protección específicas para la víctima.

Las lesiones leves tienen una pena de prisión de un mes a un año, por lo que son de cumplimiento condicional y no implican prisión efectiva si no tiene antecedentes. Sin embargo, una condena, aunque no sea de prisión, genera antecedentes penales.

Esta es una calificación médica que convierte a las lesiones en graves. Se determina cuando, a causa de la herida, existió un riesgo cierto y concreto de muerte, aunque la víctima finalmente se haya recuperado. Es una evaluación técnica que realiza el perito forense.

«Es un caso clásico de posible legítima defensa. Se iniciará una causa para investigar lo sucedido. Es crucial contar con un abogado penalista desde el primer momento para que presente las pruebas que acrediten que su accionar fue una respuesta racional y justificada a una agresión ilegítima.

La causa se tramitará en el Departamento Judicial donde ocurrió el hecho (ej. Morón, San Isidro, Lomas de Zamora, etc.). Intervendrá una Unidad Funcional de Instrucción (UFI) y un Juzgado de Garantías de esa jurisdicción.

«Porque estos casos dependen casi exclusivamente de la prueba médica y del contexto. Un abogado especialista sabe cómo interpretar una pericia forense, cuándo proponer un perito de parte, cómo argumentar una legítima defensa y cómo diferenciar los matices técnicos que pueden cambiar drásticamente la calificación legal y el futuro de una persona.

No Deje su Futuro o su Reclamo en Manos Inexpertas. Consulte con nuestros Abogados por Lesiones Penales

Un caso de lesiones penales puede tener consecuencias de por vida, tanto para la víctima como para el acusado. La estrategia legal correcta, implementada a tiempo, es la clave para proteger sus derechos. Contáctenos para una consulta confidencial y le brindaremos un análisis honesto y profesional de su caso.

Dejar mi consulta.
Consultenos
Hola!
¿Como podemos ayudarte?