Abogados de Accidentes de Tránsito en Palermo
Última verificación editorial: Septiembre 2026 | Avalado por el Dpto. Legal de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente
Si en Palermo te chocó un taxi, un remís o un auto de aplicación, responden su dueño, su conductor y su aseguradora. Y si ibas adentro como pasajero, además tenés un reclamo por el contrato de transporte.
Ojo con el plazo: el reclamo del pasajero contra quien lo transportaba prescribe a los dos años; el de quien fue chocado desde afuera, a los tres.
Dónde se reclama un choque en Palermo
En la Ciudad de Buenos Aires no hay departamentos judiciales como en la Provincia. Los reclamos civiles por los daños de un choque se tramitan ante la Justicia Nacional en lo Civil con asiento en la Ciudad.
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, art. 5 inc. 4
En las acciones personales derivadas de delitos o cuasidelitos es competente el juez del «lugar del hecho o el del domicilio del demandado, a elección del actor».
Un choque en Palermo puede reclamarse ante la justicia de la Ciudad aunque el conductor viva en otro lado.
Si se cita a la aseguradora en garantía, la Ley de Seguros agrega que la demanda puede ir ante el juez del lugar del hecho o del domicilio del asegurador (ley 17.418, art. 118). Y antes del juicio hay una instancia de mediación previa obligatoria.
Para una visión general de los reclamos en la Ciudad, ver accidentes de tránsito en CABA. No se publica ninguna dirección de juzgado.
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Accidentes de tránsito en Palermo con taxis y autos de aplicación, en lenguaje claro y sin vueltas
Con un taxi, un remís o un auto de aplicación en el choque, hay dos preguntas: si ibas adentro o afuera, y quién es el dueño del vehículo. Con esas dos respuestas se sabe a quién reclamar y con qué plazo.
Si ibas adentro: contrato de transporte
El transportista debe garantizar la seguridad del pasajero (Código Civil y Comercial, art. 1289), y su responsabilidad por los daños a las personas transportadas sigue las reglas de la responsabilidad objetiva (art. 1286).
No tenés que probar que el chofer manejó mal.
Si te chocaron desde afuera —ibas en tu auto, en moto o a pie—, el vehículo del servicio es para vos un vehículo más: responden su dueño y su conductor en forma concurrente (arts. 1757, 1758 y 1769), y su aseguradora en la medida de la póliza.
En los dos casos la aseguradora del vehículo es quien, en la práctica, paga. Y se la puede traer al juicio con la citación en garantía (ley 17.418, art. 118).
Con un taxi o un auto de aplicación, anotar la patente y el horario es clave. El orden de lo que hay que hacer está en la guía del accidente de tránsito.
Y el reclamo a la compañía, en cómo reclamarle a la aseguradora.

Taxis, remises y autos de aplicación: pasajero o tercero
La misma situación tiene reglas distintas según de qué lado del vehículo estabas.
| Ibas de pasajero | Te chocaron desde afuera | |
|---|---|---|
| Fundamento | Contrato de transporte (arts. 1280 y 1289) | Responsabilidad por la circulación (arts. 1757 y 1769) |
| A quién | Al transportista y su aseguradora; al otro vehículo si hubo choque | Al dueño y al conductor, y a su aseguradora |
| Tus cosas | La avería o pérdida de tus cosas también (art. 1291) | Como daño patrimonial (art. 1738) |
| Plazo | Dos años contra el transportista (art. 2562 inc. d) | Tres años (art. 2561) |
Si el chofer no es el dueño
El dueño y el guardián responden en forma concurrente (art. 1758). Y si el chofer maneja para otro, el principal responde objetivamente por los daños que causa su dependiente en ejercicio o con ocasión de sus funciones (art. 1753).
El reclamo alcanza al titular del vehículo aunque no manejara.
Un detalle del contrato de transporte que importa en los viajes sin cargo: el artículo 1282 dice que el transporte gratuito no se rige por esas reglas, excepto que lo haga un transportista que ofrece sus servicios al público en el curso de su actividad. Y las cláusulas que limiten la responsabilidad del transportista por muerte o daños corporales se tienen por no escritas (art. 1292).
Si viajabas de pasajero y el choque fue con otro auto, tenés dos reclamos con plazos distintos: contra quien te llevaba, dos años; contra el otro vehículo, tres. Reclamarle a uno no interrumpe el plazo contra el otro (art. 851 inc. e).
El caso del pasajero está desarrollado en accidente en colectivo, y el del vehículo que maneja alguien que no es el dueño, en choque con auto prestado.
Los datos que conviene tener si hubo un taxi o una app
Estos datos permiten identificar al transportista, al dueño y a la aseguradora.
| Qué conseguir | Para qué |
|---|---|
| La patente del vehículo | Identificar al titular |
| Fecha, hora y recorrido del viaje | Probar que ibas como pasajero |
| El comprobante del viaje, si lo hay | Registro con fecha y hora |
| Los datos del conductor y del seguro | Saber a quién reclamar |
| La atención médica del mismo día | Unir la lesión con el hecho |
Si viajabas por una aplicación, el historial del viaje suele quedar registrado en el teléfono. Conviene guardar una captura con la patente, el conductor, la fecha y el recorrido: es la prueba más simple de que ibas en ese vehículo.
Aunque la culpa haya sido del otro, avisá a tu propia compañía si ibas manejando: la Ley de Seguros fija tres días para denunciar el hecho (art. 115).
Cuatro choques con taxis y autos de aplicación
Situaciones típicas en la Ciudad.
Reclamo al transportista por el contrato (dos años) y al otro vehículo por la circulación (tres años).
Responden su dueño y su conductor (art. 1758) y su aseguradora.
El transportista debía garantizar tu seguridad (art. 1289).
Responden el titular y el chofer; y el titular, como principal si el chofer trabajaba para él (art. 1753).
En todos los casos, lo que la víctima tiene que probar es el hecho y el daño. La responsabilidad es objetiva, y quien quiera liberarse tiene que probar una causa ajena (art. 1722).
Se te rompió el celular en el choque dentro del taxi: si ibas de pasajero, el transportista responde también por la avería de tus cosas (art. 1291).
Cómo empieza un reclamo por accidentes de tránsito en Palermo
El reclamo empieza por identificar el vehículo y saber si ibas adentro o afuera. Eso define el plazo y a quién se le reclama.
Después viene el pedido a la aseguradora, la mediación previa obligatoria y, si no hay acuerdo, la demanda.
- Patente, horario y comprobante del viajeY los datos del conductor.
- Atención médica del mismo díaY guardar las constancias.
- Reclamo a la aseguradora del vehículoY a la del otro, si hubo choque.
- Mediación previa obligatoriaAntes del juicio.
- Demanda dentro del plazo más cortoDos años si ibas de pasajero.
Marco normativo de los accidentes de tránsito en Palermo
Las normas que se aplican a un choque con un taxi, un remís o un auto de aplicación.
Contrato de transporte y seguridad del pasajero.
Responsabilidad objetiva; cosas del pasajero; cláusulas sin efecto.
Principal, dueño y guardián responden.
Tres años en general; dos por el contrato de transporte.
Citación en garantía de la aseguradora.
Juez del lugar del hecho o del domicilio del demandado.
Errores que achican el reclamo
Tengo tiempoContra el transportista son dos (art. 2562 inc. d).
Él manejabaEl titular también responde (arts. 1753 y 1758).
Lo borré de la aplicaciónEs la prueba más simple de que ibas en ese vehículo.
Fue un golpeSin constancia del día, cuesta unir la lesión con el viaje.
El taxi es el responsableEl otro vehículo responde también, con su propio plazo.
No me cobraronSi lo hace quien ofrece el servicio al público, rige el contrato (art. 1282).
Preguntas frecuentes sobre accidentes de tránsito en Palermo
¿A quién reclamo si me chocó un taxi en Palermo?
Al dueño, al conductor y a la aseguradora del taxi.
¿Y si iba adentro del taxi?
Al transportista por el contrato de transporte, y al otro vehículo si hubo choque.
¿Tengo que probar que el chofer manejó mal?
No: la responsabilidad es objetiva (arts. 1286 y 1757).
¿Cuánto tiempo tengo si iba de pasajero?
Dos años contra el transportista (art. 2562 inc. d).
¿Y si me chocaron desde afuera?
Tres años (art. 2561).
¿El dueño responde si no manejaba?
Sí, junto con el conductor (art. 1758).
¿Y si el chofer trabajaba para el dueño?
El dueño responde también como principal (art. 1753).
¿Qué pasa con un auto de aplicación?
Responden su dueño, su conductor y su aseguradora, como con cualquier vehículo.
¿Cómo pruebo que iba en ese auto?
Con el comprobante o el historial del viaje, testigos y la atención médica.
¿Se reclaman mis cosas rotas?
Sí: el transportista responde por la avería de las cosas del pasajero (art. 1291).
¿El viaje era sin cargo. Tengo reclamo?
Si lo hizo quien ofrece el servicio al público, rige el contrato (art. 1282).
¿Vale una cláusula que limite la responsabilidad?
No por muerte o daños corporales (art. 1292).
¿Dónde se hace el juicio?
En el lugar del hecho o en el domicilio del demandado (CPCCN, art. 5 inc. 4).
¿Qué justicia interviene en la Ciudad?
La Justicia Nacional en lo Civil con asiento en la Ciudad.
¿Hay que ir a mediación?
Sí, en la Ciudad hay una mediación previa obligatoria.
¿Puedo traer al juicio a la aseguradora?
Sí, citándola en garantía (ley 17.418, art. 118).
¿Qué se puede reclamar?
Daños, incapacidad, gastos, lucro cesante y daño moral.
¿Reclamarle al taxi corta el plazo contra el otro auto?
No: la interrupción no se extiende entre concurrentes (art. 851 inc. e).
¿La aseguradora del taxi puede decir que su asegurado no avisó?
Frente a la víctima, en el juicio, no: no puede oponer defensas nacidas después del siniestro.
¿Tengo que avisar a mi seguro?
Si manejabas, sí, dentro de los tres días (ley 17.418, art. 115).
¿Atienden en toda la Ciudad?
Sí, en todos los barrios de CABA y en el AMBA.
¿La consulta tiene costo?
La primera consulta es gratuita.
Dónde consultar las normas citadas
Los artículos del Código Civil y Comercial pueden leerse en InfoLEG. Las reglas de competencia salen del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Atendemos reclamos por choques con taxis, remises y autos de aplicación en Palermo y en toda la Ciudad. La primera consulta es gratuita.
Si ibas de pasajero, la consulta sirve sobre todo para no perder el plazo de dos años contra el transportista, que es más corto de lo que la mayoría supone.
Si te chocaron desde afuera, el reclamo sigue las reglas de cualquier choque: dueño, conductor y aseguradora, con tres años para reclamar.
En los dos casos, lo que más ayuda es tener la patente, el horario y la constancia médica del día. Con eso se identifica a todos los responsables.
Y si hubo lesiones, la incapacidad se indemniza aunque sigas trabajando: el artículo 1746 del Código Civil y Comercial lo dice expresamente.
Si el reclamo llega a juicio, la aseguradora del vehículo citada en garantía no puede oponerte las defensas nacidas después del siniestro, y tu crédito tiene privilegio sobre la suma asegurada frente al asegurado y sus acreedores (ley 17.418, art. 118).
Contanos si ibas adentro o te chocaron, y qué pasó.
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Aviso legal
El contenido de esta página es de carácter netamente orientativo y no reemplaza el asesoramiento letrado profesional sobre un caso concreto. Los datos de organismos judiciales fueron cotejados con fuentes oficiales a la fecha de verificación editorial y pueden variar.
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