Derecho de familia · Vicente López

Abogados de familia en Vicente López

Última verificación editorial: Agosto 2026 | Avalado por el Dpto. Legal de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente | Código Civil y Comercial de la Nación

Intervenimos en la totalidad de las materias del fuero de familia para residentes de Vicente López, cuyos expedientes tramitan ante la sede departamental de San Isidro.

Divorcio y convenio regulador, liquidación del régimen patrimonial, compensación económica, cuota alimentaria, cuidado personal de los hijos y uniones convivenciales.

El partido concentra una proporción elevada de patrimonio inmobiliario y societario, de modo que la discusión sobre bienes suele exigir un trabajo técnico mayor que en otras jurisdicciones.

Consultar por WhatsAppRespondemos hoyRevisamos tu convenio regulador antes de que lo firmes.

Áreas de intervención de los abogados de familia en Vicente López

Estas son las materias que concentran el mayor volumen de consultas en el partido, ordenadas por frecuencia real.

Una precisión sobre la competencia

Todas estas materias tramitan ante los mismos juzgados y admiten acumulación en un único expediente. Plantearlas de manera conjunta evita resoluciones contradictorias y acorta los plazos totales del proceso.

Cuatro cosas que conviene saber antes de firmar

01Sin propuesta no hay divorcio

El artículo 438 exige acompañar una propuesta que regule los efectos. Sin ella la petición no se admite, aunque los dos estén de acuerdo en separarse.

02El convenio se homologa o no vale

Un acuerdo firmado entre las partes y guardado en un cajón no es ejecutable. Recién la aprobación judicial le da fuerza.

03Lo que no se pacta queda abierto

Un convenio que resuelve la casa pero omite el auto, las deudas o un plazo deja esos puntos para una discusión posterior, normalmente peor.

04El juez puede no homologarlo

Si el acuerdo perjudica gravemente a una de las partes o a los hijos, el juez lo observa. Firmar cualquier cosa para cerrar rápido no acelera nada.

¿Qué hacen los abogados de familia en Vicente López en lenguaje claro y sin vueltas?

Sobre todo, negocian y redactan convenios. En un partido donde la mayoría de los divorcios llega con acuerdo de fondo, el trabajo está en traducir ese acuerdo a un texto que se sostenga.

Suena administrativo y no lo es. La diferencia entre un convenio bien armado y uno improvisado se mide en años de conflicto posterior.

El resto del fuero —alimentos, cuidado de los hijos, medidas urgentes— también se trabaja, pero acá el volumen está en el acuerdo patrimonial.

Qué es la propuesta reguladora

Es el documento que se acompaña al pedido de divorcio y donde se plantea qué pasa con la vivienda, los bienes, los hijos y las eventuales compensaciones.

Puede ser conjunta, si los dos la firman, o unilateral, si la presenta uno solo. En ese segundo caso el otro tiene derecho a ofrecer su propia propuesta.

Lo que la ley no permite es divorciarse sin plantear nada. El divorcio se decreta igual aunque no haya acuerdo, pero la propuesta hay que presentarla.

Por qué los abogados de familia en Vicente López trabajan sobre el patrimonio

Porque es donde está el conflicto real. El vínculo ya se disolvió por decisión de las partes; lo que queda por definir es quién se queda con qué y en qué condiciones.

Departamentos en Olivos, casas en Florida o Munro, cocheras, ahorros, un auto, a veces una participación en un negocio familiar. Cada uno de esos activos tiene su propia discusión.

El proceso completo del divorcio está explicado en la guía del divorcio en Argentina.

El error que más cuesta revertir

Firmar el convenio sin conocer el patrimonio completo del otro.

Una vez homologado, revisarlo exige probar vicios del consentimiento, que es un camino largo y de resultado incierto. La revisión del patrimonio va antes de la firma, nunca después.

Marco normativo del convenio regulador

Cuatro normas definen qué se puede pactar, qué es obligatorio incluir y hasta dónde llega el control del juez.

NormaQué estableceQué implica al negociar
Art. 438 del CCyCToda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste. En caso de petición unilateral, el otro cónyuge puede ofrecer una propuesta reguladora distinta.No se puede pedir el divorcio y dejar todo para después. Y si te llega una propuesta, tenés derecho a contraofertar.
Art. 439 del CCyCEl convenio regulador debe contener las cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, y las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges; al ejercicio de la responsabilidad parental, en especial la prestación alimentaria.Es la lista de lo que no puede faltar. Un convenio que omite alguno de esos puntos deja esa discusión abierta.
Art. 440 del CCyCEl juez puede exigir que el obligado otorgue garantías reales o personales como requisito para la aprobación del convenio. El convenio homologado puede ser revisado si la situación se ha modificado sustancialmente.Se pueden pedir garantías, y eso conviene plantearlo al negociar. Y lo pactado no es eterno si cambian las circunstancias.
Art. 441 y 442 del CCyCEl cónyuge a quien el divorcio produce un desequilibrio manifiesto tiene derecho a una compensación. La acción caduca a los seis meses de dictada la sentencia.Seis meses es poco. Si la compensación no se incluye en el convenio, hay que reclamarla dentro de ese plazo o se pierde.

La organización de los juzgados puede consultarse en la guía judicial de la Suprema Corte bonaerense.

Otros puntos que se resuelven en el mismo proceso

La compensación económica y sus seis meses

Es el punto que más derechos hace perder en Vicente López, porque suele descubrirse cuando ya venció.

Corrige el desequilibrio que produce el divorcio cuando uno de los dos postergó su desarrolló económico durante el matrimonio. No es una cuota alimentaria ni un castigo: es un reequilibrio patrimonial.

La acción caduca a los seis meses de la sentencia. Vencido ese plazo el derecho se pierde, por evidente que sea el desequilibrio.

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El convenio que arman los abogados de familia en Vicente López

El artículo 439 marca los temas obligatorios. Lo que sigue es cómo se resuelve cada uno en la práctica.

  1. La vivienda: quién se queda y por cuánto tiempoNo alcanza con decir que uno se queda. Hay que definir si es atribución de uso por un plazo, si se compensa al otro, quién paga expensas e impuestos, y qué pasa cuando el plazo vence.
  2. Los bienes: inventario antes que repartoPrimero se lista todo: inmuebles, vehículos, cuentas, plazos fijos, participaciones societarias, deudas. Repartir sobre un inventario incompleto es la fuente número uno de reclamos posteriores.
  3. La compensación económica: sí o no, pero por escritoSi corresponde, se pacta el monto y la forma. Si no corresponde, conviene dejarlo dicho expresamente para cerrar el punto antes de que caduque el plazo.
  4. Los alimentos de los hijos: monto, actualización y forma de pagoUn número sin mecanismo de actualización queda viejo en un año. Conviene pactar cómo se ajusta y qué gastos quedan fuera de la cuota, como salud o educación.
  5. El cuidado personal y la comunicación: en detalleDías, horarios, quién retira, vacaciones, fiestas, viajes. Los regímenes genéricos son los que vuelven al juzgado.
  6. Las garantías: qué respalda lo pactadoEl artículo 440 permite exigirlas. Una cuota alimentaria respaldada por una garantía real vale mucho más que la misma cuota sin respaldo.

Lo que no se puede pactar

No se puede renunciar a los alimentos de los hijos ni fijarlos por debajo de lo razonable, porque son un derecho del hijo y no de los padres.

Tampoco se puede condicionar el régimen de comunicación al pago de la cuota. Son obligaciones independientes y atarlas invalida esa cláusula.

El detalle de cada punto está en liquidación de la sociedad conyugal, compensación económica y atribución de la vivienda familiar.

Dónde tramita un expediente si vivís en Vicente López

Vicente López integra el Departamento Judicial de San Isidro, junto con San Isidro, San Fernando, Tigre y Pilar. El partido no tiene juzgados de familia propios.

Los expedientes se tramitan en la sede departamental de San Isidro, donde funcionan seis juzgados de familia, en el edificio de la calle Ituzaingó 340.

Es un dato con consecuencias prácticas: quien vive en Olivos, Florida, Munro, Carapachay, La Lucila, Villa Martelli o Villa Adelina no resuelve nada en su propio partido.

Qué significa no tener sede propia

Que cada audiencia implica un traslado, y que los trámites presenciales que quedan —algunas ratificaciones, ciertos libramientos— se hacen en San Isidro.

Buena parte del expediente, en cambio, es electrónica. Las presentaciones se firman digitalmente y muchas audiencias se realizan por videoconferencia, así que la distancia pesa menos que hace unos años.

La diferencia con partidos vecinos es notoria: Pilar y Tigre sí tienen juzgados de familia con sede propia dentro del mismo departamento judicial.

Para casos de esos partidos publicamos páginas propias de San Isidro y Tigre.

El domicilio que define la competencia

En los procesos de familia la regla general es el domicilio del demandado, con excepciones importantes.

En alimentos puede intervenir el juez del domicilio de quien reclama. Y en las cuestiones que involucran a los hijos manda el centro de vida del menor, que es donde transcurre su vida cotidiana.

Las localidades que atienden los abogados de familia en Vicente López

El partido es chico en superficie y muy denso, y eso se nota en el tipo de expediente que llega al fuero.

La franja del río

Vicente López centro, Olivos y La Lucila concentran la vivienda en propiedad horizontal de mayor valor del partido. Los divorcios de esa franja giran casi siempre alrededor de un departamento y de cómo se compensa a quien lo deja.

Es también donde más aparece la figura del inmueble comprado antes del matrimonio y mejorado después, que no es enteramente propio ni enteramente ganancial y obliga a distinguir el valor original del de las mejoras.

Florida, Munro y Carapachay

Predomina la casa sobre lote propio y el comercio o taller familiar. Ahí el conflicto suele ser doble: el inmueble por un lado y la actividad económica por el otro.

Cuando el negocio está a nombre de uno solo pero lo sostuvieron los dos, la discusión pasa por acreditar ese aporte. No siempre hay papeles, y se reconstruye con movimientos, testigos y la propia historia del emprendimiento.

Villa Martelli y Villa Adelina

Zona de vivienda familiar y de mayor presencia de uniones convivenciales sin matrimonio. Ahí no se aplica el régimen de ganancialidad y las reglas cambian por completo.

Quien convivió sin casarse no divide bienes por mitades: tiene que probar su aporte a cada adquisición. Las reglas están en uniones convivenciales, y es la confusión más costosa del fuero.

Convivir no es lo mismo que estar casado

Mucha gente supone que después de determinados años de convivencia los bienes se reparten como en un matrimonio.

No es así. Sin matrimonio ni pacto de convivencia escrito, cada bien queda de quien figura como titular, salvo que se pruebe el aporte del otro. Un pacto firmado a tiempo evita toda esa discusión.

Cómo negocian el convenio los abogados de familia en Vicente López

La negociación empieza mucho antes de la primera reunión conjunta. Estos son los criterios que la ordenan.

SituaciónQué conviene hacerPor qué
Hay un inmueble y no hay acuerdo de valorTasar antes de negociar, con dos valuaciones si hace falta.Discutir sobre percepciones no lleva a ningún lado. Un número respaldado ancla la conversación.
Uno de los dos manejaba las finanzasReunir la documentación propia antes de sentarse.Negociar sin saber qué hay es negociar contra uno mismo.
Hay una empresa o participación societariaValuar la participación y revisar movimientos recientes.Es donde más aparecen operaciones hechas para licuar el patrimonio. Ver descorrimiento del velo societario.
Uno postergó su carrera por la familiaCuantificar ese aporte y plantear la compensación.El trabajo doméstico y de cuidado tiene valor económico reconocido. Ver tasación del trabajo doméstico.
Hay urgencia por cerrarSeparar lo urgente de lo definitivo.Se puede acordar ya lo que no admite espera y seguir discutiendo el resto, sin firmar todo bajo presión.

Un punto que conviene tener presente: el convenio homologado puede revisarse si la situación cambia sustancialmente, según el artículo 440. No es una puerta abierta a arrepentirse, pero sí un margen frente a cambios reales.

Los tres números que ordenan la negociación

El primero es cuánto vale el patrimonio a repartir, con tasaciones y no con estimaciones. El segundo, cuánto costaría litigar cada punto en discusión. El tercero, cuánto tiempo llevaría esa discusión.

Con esos tres sobre la mesa la conversación cambia de tono. Sin ellos, la negociación se vuelve una puja de percepciones donde gana el que tiene más aguante, que no siempre es el que tiene razón.

Es la parte del trabajo que menos se ve y la que más define el resultado. Un convenio se firma en una tarde; prepararlo lleva semanas.

Cuándo conviene no acordar

Cuando hay sospecha fundada de bienes no declarados y la otra parte se niega a exhibir documentación. Ahí el acuerdo consolida una foto incompleta y cierra la puerta a discutir lo que no aparece.

También cuando la propuesta del otro está muy por debajo de lo que corresponde y no se mueve. Acordar por cansancio sale más caro que litigar, aunque en el momento no lo parezca.

Qué mirar en el patrimonio antes de sentarse

Los movimientos bancarios de los dos años previos a la separación. Es donde aparecen las transferencias a familiares, los retiros grandes sin destino claro y las cancelaciones anticipadas de plazos fijos.

Las escrituras completas, no solo la carátula. Ahí figura con qué dinero se compró cada inmueble, si hubo aporte de dinero propio y si eso quedó declarado en el acto, que es lo que después define si el bien es ganancial o no.

Los informes de dominio actualizados. Sirven para verificar que los inmuebles sigan a nombre de quien se dice y que no tengan gravámenes recientes constituidos para licuar su valor.

Y las declaraciones ante el organismo recaudador, cuando existen. Suelen mostrar bienes y participaciones que no aparecen en ninguna otra parte de la conversación.

Nada de eso implica desconfiar por sistema. Implica que un convenio se firma una sola vez y conviene firmarlo sabiendo, no suponiendo. En los acuerdos donde las dos partes exhibieron todo, la negociación además suele ser más rápida.

Cobertura por localidad en Vicente López

Las seis localidades del partido corresponden a la misma sede judicial. Lo que varía es el perfil patrimonial, y eso incide directamente en cómo se estructura el convenio regulador.

LocalidadPerfil predominanteQué suele definir el convenio
Olivos, La LucilaVivienda de valor alto, con frecuencia adquirida antes del matrimonio.La calificación del inmueble como propio o ganancial, y la acreditación documental del origen de los fondos.
Vicente López centro, FloridaDepartamento único como activo principal, con hipoteca vigente en muchos casos.La atribución del uso y el reparto del saldo de deuda pendiente entre ambos cónyuges.
Munro, Villa MartelliVivienda familiar más actividad comercial o taller propio.La valuación de la actividad y la separación entre patrimonio personal y afectado al giro.
Carapachay, Villa AdelinaVivienda familiar única, sin patrimonio societario relevante.El uso del inmueble mientras haya hijos menores y el esquema de cuota alimentaria.

Un estudio jurídico de familia con práctica habitual en el Departamento Judicial de San Isidro incorpora estas diferencias al redactar el convenio, en lugar de advertirlas cuando el acuerdo empieza a incumplirse.

Errores frecuentes al negociar el convenio

Seis, y todos aparecen del lado de quien tiene apuro por cerrar.

Firmar sin inventario completo

Repartir sobre una lista incompleta deja afuera activos que después son muy difíciles de traer a la discusión.

Dejar la compensación para después

Caduca a los seis meses de la sentencia. Es el derecho que más se pierde por no plantearlo a tiempo.

Pactar una cuota sin mecanismo de actualización

Un monto fijo queda viejo en meses y obliga a volver al juzgado a pedir un aumento que se podría haber previsto.

Acordar el uso de la vivienda sin plazo ni condiciones

«Se queda ella con los chicos» no es una cláusula. Falta hasta cuándo, quién paga qué y qué pasa después.

No pedir garantías

El artículo 440 las permite. Sin garantía, cobrar depende de la voluntad del obligado.

Homologar un convenio que el juez va a observar

Un acuerdo gravemente desequilibrado no se aprueba, y el tiempo perdido en negociarlo no vuelve.

Preguntas frecuentes a los abogados de familia en Vicente López

¿Dónde tramita mi divorcio si vivo en Vicente López?

En la sede del Departamento Judicial de San Isidro, donde funcionan seis juzgados de familia. Vicente López no tiene juzgados propios.

¿Es obligatorio presentar un convenio regulador?

Hay que acompañar una propuesta reguladora, sí. El artículo 438 lo exige y sin ella la petición de divorcio no se admite.

¿Qué pasa si no nos ponemos de acuerdo en el convenio?

El divorcio se decreta igual. Lo que queda pendiente es la discusión sobre los efectos, que sigue por la vía que corresponda.

¿Qué tiene que decir sí o sí el convenio?

Según el artículo 439: atribución de la vivienda, distribución de bienes, eventuales compensaciones, ejercicio de la responsabilidad parental y prestación alimentaria.

¿Un acuerdo firmado entre nosotros sirve?

Sirve como acuerdo, pero no es ejecutable hasta que lo homologa el juez. Si el otro deja de cumplir, sin homologación hay poco que presentar.

¿El juez puede rechazar el convenio?

Puede observarlo si perjudica gravemente a una de las partes o a los hijos. También puede exigir garantías como condición para aprobarlo.

¿Se puede modificar un convenio ya homologado?

Sí, si la situación se modificó sustancialmente. Lo prevé el artículo 440. No alcanza con haberse arrepentido.

¿Hasta cuándo puedo pedir la compensación económica?

Seis meses desde la sentencia de divorcio. Es un plazo de caducidad y vencido el derecho se pierde.

¿Puedo renunciar a los alimentos de mis hijos en el convenio?

No. Son un derecho del hijo, no de los padres, y esa cláusula sería inválida.

¿Puedo hacer todo el trámite a distancia desde Vicente López?

Buena parte sí. Las presentaciones son electrónicas y muchas audiencias se hacen por videoconferencia, aunque algunos actos siguen siendo presenciales en San Isidro.

Consultar con abogados de familia en Vicente López

Antes de negociar nada revisamos el patrimonio: qué hay, de dónde vino cada bien y qué documentación lo respalda.

Con eso sobre la mesa se arma la propuesta, se define si corresponde compensación y se decide qué garantías pedir. Recién entonces tiene sentido sentarse a acordar.

Atendemos el partido completo, desde La Lucila hasta Villa Martelli, y el resto del Departamento Judicial de San Isidro. Buena parte del trabajo se hace a distancia, con presentaciones electrónicas y audiencias por videoconferencia.

Cuando el caso viene con acuerdo previo entre las partes, el trabajo consiste en revisarlo antes de firmar. Es la consulta más barata y la que más problemas evita.

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Contanos si ya hay una propuesta sobre la mesa.

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