Don Torcuato · Estudio jurídico integral · Partido de Tigre

Abogados en Don Torcuato: un estudio jurídico integral

Última verificación editorial: Octubre 2026 | Avalado por el equipo de abogados de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente | Política editorial

La respuesta corta

Somos un estudio jurídico integral y atendemos consultas de Don Torcuato en nueve materias: laboral, ART, sucesiones, familia, penal, tránsito, civil, empresas y amparos de salud. Don Torcuato es del partido de Tigre y sus causas tramitan en el Departamento Judicial de San Isidro.

Y si te despidieron después de casarte, la ley presume que fue por el matrimonio cuando el despido ocurre sin causa probada dentro de los tres meses anteriores o los seis posteriores a la boda, y lo habías notificado: corresponde una indemnización especial de un año de remuneraciones.

Consultar por WhatsApp¿Buscás abogados en Don Torcuato?Contanos qué pasó y en qué fecha. Muchas veces la fecha decide el caso.

Buscar abogados en Don Torcuato, en lenguaje claro y sin vueltas

En derecho, las fechas pesan más de lo que parece. Un despido tres meses después de casarse, un accidente denunciado al día siguiente o una carta documento contestada a tiempo cambian por completo lo que se puede reclamar. Por eso, cuando alguien busca abogados en Don Torcuato, lo primero que pedimos es la línea de tiempo.

El estudio trabaja nueve materias, y en cada una hay una fecha que marca el antes y el después.

Don Torcuato es una localidad del partido de Tigre, y su expediente judicial va a San Isidro.

En qué trabajamos como abogados en Don Torcuato

Estas son las nueve áreas del estudio. Al lado de cada una, la fecha que conviene tener anotada.

D
Derecho laboral

La fecha del despido o de la última intimación: desde ahí corren los plazos para reclamar.

A
Accidentes de trabajo y ART

El día del accidente y el de la denuncia a la aseguradora, con su constancia.

S
Sucesiones

La fecha del fallecimiento, que fija la ley aplicable y el inicio de varios trámites.

F
Familia y divorcios

Desde cuándo se separaron de hecho y desde cuándo los chicos viven con uno de los dos.

P
Penal

El día en que se tomó conocimiento de la causa o de la citación.

A
Accidentes de tránsito

La fecha del choque y la de la denuncia del siniestro al seguro.

C
Civil y daños

Cuándo venció la obligación incumplida y cuándo se intimó por primera vez.

E
Empresas y PyMEs

Cuándo llegó el telegrama del empleado y en qué fecha se contestó.

A
Amparos de salud

Cuándo se pidió la cobertura y cuándo llegó la negativa por escrito.

No hace falta tener las fechas exactas para consultar. Con una aproximación ya se puede saber si conviene moverse rápido.

El mapa completo de dónde atendemos está en zonas de cobertura.

Dónde tramita una causa de Don Torcuato

Don Torcuato es una localidad del partido de Tigre, y ese partido integra el Departamento Judicial de San Isidro.

PreguntaRespuesta
¿Qué partido?Tigre
¿Qué departamento judicial?San Isidro
¿Qué partidos comprende?Pilar, San Fernando, San Isidro, Tigre y Vicente López
¿Dónde se sigue el expediente?En la sede departamental, no en la localidad
Del partido de Tigre, con sede en San Isidro

Aunque Tigre tenga su propio municipio, no tiene departamento judicial propio. Las causas de Don Torcuato, como las del resto del partido, se siguen en la sede de San Isidro.

En un reclamo laboral bonaerense intervienen los Tribunales del Trabajo del departamento judicial que corresponda. Cuál es depende de dónde se trabajaba y de otros datos del contrato.

Si trabajabas en Don Torcuato, lo habitual es que el reclamo vaya al departamento judicial de San Isidro, pero conviene confirmarlo caso por caso.

La Ley de Contrato de Trabajo es nacional y rige igual en todo el país.

abogados en Don Torcuato - WS y Asociados

La composición de cada departamento judicial está relevada de la guía de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. No se publica ninguna dirección de juzgado sin esa verificación.

Abogados en Don Torcuato por un despido después de casarse

La Ley de Contrato de Trabajo protege a quien se casa. Declara nulos los actos, contratos o reglamentos internos que establezcan el despido por causa de matrimonio (art. 180) y fija una presunción a favor del trabajador.

Artículo 181: cuándo se presume que el despido fue por casarse

Se considera que el despido fue por el matrimonio cuando el empleador no invoca causa, o no prueba la que invoca, y el despido ocurre dentro de los tres meses anteriores o los seis meses posteriores a la boda.

La condición es haber notificado el matrimonio al empleador en forma fehaciente, dentro de esos plazos.

PreguntaQué dice la leyArtículo
¿Qué consecuencia tiene?Una indemnización especial de un año de remuneraciones182
¿Se suma a la del despido?Sí, se acumula a la indemnización del artículo 245182
¿Cuándo hay que avisar?En forma fehaciente, dentro de los plazos del artículo; no antes ni después181
¿Y si el empleador invoca una causa?La presunción igual juega si no la prueba181
El aviso por escrito hace la diferencia

El aviso del casamiento es la pieza clave. Sin notificación fehaciente, la presunción no opera y habría que probar por otros medios que el despido fue por el matrimonio. Un telegrama con la fecha de la boda, enviado a tiempo, resuelve ese problema de antemano.

La norma habla de «trabajador» en general y no distingue entre varones y mujeres. El sitio explica en detalle el caso de un trabajador varón que llegó a la Corte Suprema: caso Puig.

Los plazos del aviso, explicados

El artículo 181 tiene una regla poco conocida: la notificación del matrimonio no puede hacerse antes ni después de los plazos que el mismo artículo fija. Es decir, el aviso tiene que darse dentro de la ventana de tres meses anteriores o seis posteriores a la boda. Un aviso dado demasiado temprano, cuando todavía faltaba mucho para el casamiento, no cumple la exigencia.

Además, el artículo 180 declara nulos no sólo los despidos sino también los contratos y los reglamentos internos de la empresa que establezcan el despido por casarse. Ninguna cláusula firmada al ingresar puede dejar sin efecto esta protección.

Si en la misma época coincide un embarazo, la ley tiene una presunción propia para ese caso, con otros plazos: siete meses y medio antes o después del parto (art. 178). Cada protección se analiza con sus propios requisitos.

Un ejemplo con un trabajador de Don Torcuato

Un caso inventado. Un empleado de una empresa de Don Torcuato se casa en marzo. Una semana antes, le manda a su empleador un telegrama informando la fecha del casamiento.

En julio lo despiden sin invocar causa. El despido ocurrió dentro de los seis meses posteriores al matrimonio y el aviso fue fehaciente y dentro del plazo, así que se presume que fue por el casamiento (art. 181).

Le corresponde la indemnización especial de un año de remuneraciones, sumada a la indemnización por despido (art. 182). Si el empleador sostuviera que hubo otra causa, tendría que probarla.

Si el mismo despido hubiera ocurrido ocho meses después de la boda, la presunción ya no correría, y la discusión sería otra. El reclamo, en cualquier caso, iría en principio al departamento judicial de San Isidro.

Y si el aviso lo hubiera dado un año antes de la boda, apenas fijaron la fecha, tampoco serviría: la ley exige que se dé dentro de la ventana de tres meses antes o seis después. Por eso, en estos casos, lo primero que revisamos es el telegrama: qué dice, cuándo se mandó y si llegó. Con esas tres respuestas ya sabemos si la presunción juega a favor del trabajador o si habrá que probar todo por otros medios, como testigos o mensajes del empleador.

Abogados en Don Torcuato por especialidad

El estudio tiene además páginas propias para el partido de Tigre:

Y para otras zonas del mismo partido:

Qué conviene tener a mano para consultar

Con estos datos la primera consulta ya puede ir al grano.

  • Fecha de ingreso al trabajo y fecha del despido
  • Fecha del casamiento y copia del aviso al empleador
  • El telegrama o la carta con la que te despidieron
  • Recibos de sueldo de los últimos meses
  • Para otros temas: una línea de tiempo con las fechas clave
  • Cualquier intimación o carta documento que hayas recibido

Un consejo para quien se va a casar: avisar al empleador por escrito, con la fecha de la boda, dentro del plazo que fija la ley. Es un trámite simple que puede valer un año de sueldo. Y guardar la constancia de que el telegrama llegó: sin ella, el aviso es difícil de probar si después hay discusión.

Marco normativo de las consultas de Don Torcuato

Los artículos citados, con el número a la vista para verificarlos en el texto oficial.

L
Ley de Contrato de Trabajo, artículo 180

La nulidad de los actos, contratos o reglamentos que establezcan el despido por matrimonio.

L
Ley de Contrato de Trabajo, artículo 181

La presunción: despido sin causa probada dentro de los tres meses anteriores o seis posteriores, con notificación fehaciente.

L
Ley de Contrato de Trabajo, artículo 182

La indemnización especial de un año de remuneraciones, acumulable a la del artículo 245.

G
Guía de departamentos judiciales de la Suprema Corte

Tigre integra el Departamento Judicial de San Isidro.

Errores frecuentes al buscar abogados en Don Torcuato

Avisar del casamiento sólo de palabraEn el trabajo todos sabían que me casabaEl artículo 181 exige notificación fehaciente.
Avisar demasiado tempranoLo comuniqué apenas pusimos fecha, un año antesEl artículo 181 dice que la notificación no puede hacerse antes ni después de los plazos que fija.
Aceptar la liquidación común sin revisarMe pagaron el despido y listoLa indemnización del artículo 182 se suma a la del artículo 245.
Creer que si invocan una causa no hay nada que hacerDijeron que fue por bajo rendimientoSi el empleador no prueba la causa invocada, la presunción igual juega.
Pensar que la protección es sólo para mujeresEso es para las empleadas que se casanLa ley habla de trabajadores en general.
Suponer que la causa se sigue en TigreVoy al juzgado del partidoTigre integra el Departamento Judicial de San Isidro.
Firmar al ingresar una cláusula que permita el despido por casarseLo acepté en el contratoEl artículo 180 declara nula esa cláusula.

Preguntas frecuentes sobre abogados en Don Torcuato

¿Qué materias atienden para Don Torcuato?

Las nueve del estudio: laboral, ART, sucesiones, familia, penal, tránsito, civil y daños, empresas y PyMEs, y amparos de salud.

¿A qué departamento judicial pertenece Don Torcuato?

Don Torcuato es del partido de Tigre, que integra el Departamento Judicial de San Isidro.

¿Qué partidos comparten ese departamento?

Pilar, San Fernando, San Isidro, Tigre y Vicente López.

¿Me pueden despedir por casarme?

El despido por matrimonio está prohibido; si ocurre sin causa probada dentro de los tres meses anteriores o seis posteriores, con aviso fehaciente, se presume que fue por esa razón (art. 181).

¿Cuánto es la indemnización por despido por matrimonio?

Un año de remuneraciones, que se suma a la indemnización por despido (art. 182).

¿Cómo tengo que avisar que me caso?

En forma fehaciente, por ejemplo por telegrama, dentro de los plazos del artículo 181.

¿Vale también para los varones?

La ley habla de trabajadores en general, sin distinguir entre varones y mujeres.

¿Y si no avisé por escrito?

La presunción no opera, y habría que probar por otros medios la relación entre el despido y el casamiento.

¿Puedo avisar del casamiento con mucha anticipación?

No sirve: el artículo 181 dice que la notificación no puede hacerse antes ni después de los plazos que fija.

¿Vale una cláusula del contrato que permita despedirme por casarme?

No. El artículo 180 declara nulos esos actos, contratos y reglamentos.

¿La indemnización por matrimonio reemplaza a la del despido?

No. El artículo 182 dice que se acumula a la indemnización del artículo 245.

Dónde consultar las normas citadas

El texto vigente de la Ley de Contrato de Trabajo, con todas sus reformas, está publicado en InfoLEG.

Trabajamos como abogados en Don Torcuato y en todo el partido de Tigre, en las nueve materias de arriba. Lo primero que miramos es la línea de tiempo de tu caso.

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Aviso legal

El contenido de esta página es de carácter netamente orientativo y no reemplaza el asesoramiento letrado profesional sobre un caso concreto. Los datos de organismos judiciales fueron cotejados con fuentes oficiales a la fecha de verificación editorial y pueden variar.

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