🧠 SALUD MENTAL | MOBBING Y TRAUMA LABORAL

Indemnización ART por Daño Psíquico, Estrés y Mobbing Laboral

La indemnización por daño psíquico ART es la compensación económica destinada a reparar las secuelas psicológicas y psiquiátricas provocadas por el trabajo. Ya sea por sufrir un accidente laboral traumático (como un choque grave, un asalto a mano armada en el local o ver lesionarse a un compañero) o por estar sometido a un desgaste mental crónico por acoso moral y mobbing laboral, la salud mental está protegida por la ley de riesgos del trabajo y el nuevo baremo del Decreto 549/2025.

🛡️ Resumen Letrado: Puntos Clave para Ganar en 2026

  • El daño psicológico o psiquiátrico derivado del trabajo es plenamente indemnizable por la ART.
  • Se evalúa bajo el cuadro de 'Reacción Vivencial Anormal Neurótica' (RVAN) del baremo oficial.
  • Es común en choferes, personal de seguridad, bancarios que sufrieron robos y víctimas de acoso.
  • Requiere la intervención de un perito psicólogo o psiquiatra de parte y una demanda legal sólida.

¿Qué es el daño psíquico laboral en lenguaje claro?

💡 Explicación Sin Modismos ni Vueltas Legales

Muchas personas creen que la ART solo paga por huesos rotos o heridas físicas visibles. Eso es un gravísimo error. El cerebro y la psiquis son partes fundamentales de nuestra salud funcional. Cuando un trabajador sufre un evento violento en su empleo (como un colectivero o vigilador asaltado con armas) o atraviesa meses de hostigamiento, maltrato y sobrecarga abusiva por parte de sus jefes (burnout), su mente sufre un quiebre.

Ese quiebre genera insomnio, ataques de pánico, depresión, angustia crónica y fobia a volver al lugar de trabajo. Para obtener la indemnización por daño psíquico ART, no basta con sentirse mal: nuestros abogados e interconsultores psiquiátricos letrados traducen ese sufrimiento en un diagnóstico médico pericial de 'Incapacidad Psíquica Permanente', obligando a la aseguradora a pagar por la secuela mental exactamente igual que si se tratara de una lesión física.
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Porcentajes de Incapacidad (Normativa Vigente)

A continuación detallamos la valoración referencial que establece la legislación laboral y médica actual:

Cuadro Psiquiátrico / Secuela MentalPorcentaje de Incapacidad (Baremo 2026)
Reacción o Desarrollo Vivencial Anormal · Grado I5 %
Reacción o Desarrollo Vivencial Anormal · Grado I-II10 %
Reacción o Desarrollo Vivencial Anormal · Grado II15 %
Reacción o Desarrollo Vivencial Anormal · Grado II-III20 %
Reacción o Desarrollo Vivencial Anormal · Grado III25 %
Reacción o Desarrollo Vivencial Anormal · Grado III-IV30 %
Reacción o Desarrollo Vivencial Anormal · Grado IV35 %
Reacción o Desarrollo Vivencial Anormal · Grado IV con síntomas psicóticos50 %

Los valores son los del anexo del Decreto 549/2025, vigente desde el 2 de febrero de 2026, que asigna un porcentaje específico a cada grado y no rangos. El grado se determina cruzando la magnitud del siniestro con la sintomatología psíquica: una sintomatología leve ante un siniestro leve da Grado I, y una sintomatología grave ante un siniestro grave llega al Grado IV. Cuando hay además secuelas físicas, el anexo manda combinarlas por el método de la Capacidad Restante: se parte de la secuela mayor y cada secuela siguiente se calcula sobre la capacidad que queda, salvo que la propia tabla indique expresamente la suma aritmética.

¿Cómo reclamar y vencer el rechazo de la ART?

Para obtener el máximo resarcimiento en dinero y prestaciones en especie, nuestro estudio aplica un protocolo procedimental letrado de 4 fases interconectadas:

01

Peritaje Psiquiátrico de Parte

Nuestros peritos especialistas evalúan tu cuadro con tests psicológicos clínicos homologados.

02

Acreditación del Hecho Traumático

Demostramos el asalto, accidente violento o situación crónicamente abusiva sufrida en la empresa.

03

Reclamo por Tratamiento Gratuito

Exigimos que la ART cubra la medicación psiquiátrica y la psicoterapia de forma ilimitada.

04

Indemnización Monetaria

Cobramos el porcentaje de incapacidad mental resultante en tu cuenta bancaria personal.

Preguntas Frecuentes sobre Reclamos ART

🤔 ¿La ART me tiene que pagar el tratamiento psicológico o psiquiátrico? +
📌 Sí. El artículo 20 de la Ley 24.557 obliga a la ART a brindar asistencia médica, psicoterapéutica y farmacológica (medicamentos psiquiátricos gratuitos) hasta la curación completa o la consolidación del daño.
🤔 ¿Cómo se prueba el daño psicológico en un juicio laboral? +
📌 Se prueba mediante la realización de una pericia psicológica judicial (test de Rorschach, HTP, MMPI, entre otros) llevada a cabo por un perito oficial del juzgado, al cual asistimos con nuestro perito de parte.
🤔 ¿El estrés por exceso de trabajo normal es indemnizable por la ART? +
📌 El estrés común por cansancio no suele ser resarcible como enfermedad profesional por la SRT. Para ser indemnizable, debe tratarse de un cuadro de Burnout severo, acoso moral sistemático (mobbing) o consecuencia de un evento traumático anormal en el trabajo.
🤔 ¿Puedo reclamar daño psíquico si me asaltaron yendo o viniendo del trabajo (in itinere)? +
📌 Absolutamente. Los robos violentos con armas en el trayecto hacia o desde el trabajo (accidentes in itinere) generan frecuentemente síndrome de estrés postraumático resarcible por la ART.

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Auditoría y Supervisión Letrada Directiva Artículo redactado, revisado y avalado por el Equipo Jurídico de WS y Asociados, bajo la dirección de Abogados Matriculados en la Provincia de Buenos Aires y CABA (CPACF). Especialistas con amplia trayectoria en litigio laboral contra Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y Comisiones Médicas en toda la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Cómo se decide el grado del daño psíquico: la tabla del baremo

El grado no depende sólo de los síntomas. El Decreto 549/2025 lo fija cruzando la gravedad de los síntomas con la magnitud del hecho que los provocó:

SíntomasHecho leveHecho moderadoHecho grave
LevesGrado IGrado I-IIGrado II
ModeradosGrado I-IIGrado II-IIIGrado III
GravesSin incapacidadGrado III-IVGrado IV
Con síntomas psicóticosSin incapacidadSin incapacidadGrado IV

Fuente: Decreto 549/2025, Anexo I, Tabla 1 «Magnitud del siniestro / Sintomatología Psíquica». El porcentaje de cada grado es el de la tabla de más arriba.

Magnitud del hechoEjemplos que da el baremo
LeveCaídas, cortes, contusiones, heridas superficiales; y los conflictos interpersonales o agresiones de terceros sin agresión física
ModeradaLesiones que requieren intervención urgente; agresiones con arma de fuego o arma blanca, caída de elevadores, incendios, derrumbes
GraveHechos que pusieron en riesgo la vida con secuelas graves e irreversibles, o vividos con extremo horror, o donde murieron otras personas
Lo que se discute en la comisión médica

Un asalto a mano armada es un hecho moderado aunque no haya heridas: con síntomas moderados da Grado II-III. En cambio, si el hecho se considera leve y los síntomas son graves, el baremo atribuye esa reacción a la personalidad o a otros factores y no fija incapacidad. Por eso la prueba de cómo fue el hecho pesa tanto como el informe psiquiátrico.

Burnout y mobbing: qué dice el baremo y por qué vía se reclaman

Estos son los puntos del baremo que más pesan en los reclamos por estrés crónico o acoso:

C
Conflictos sin agresión física

El baremo clasifica como hechos de magnitud leve los conflictos interpersonales y las agresiones de terceros sin agresión física. Con esa magnitud, el grado máximo es II.

S
Síntomas que se puedan objetivar

El malestar subjetivo que no se puede objetivar ni afecta la vida social o laboral no genera incapacidad.

N
Nada preexistente ni constitucional

Quedan afuera los cuadros anteriores al hecho y los que no tienen origen en un evento traumático.

I
Incapacidad definitiva con el daño consolidado

Sólo se fija incapacidad definitiva cuando operó la consolidación jurídica del daño.

La vía de la enfermedad no listada

El burnout y el mobbing no figuran en el listado de enfermedades profesionales. Para que la ART los cubra hay que iniciar una petición fundada ante la Comisión Médica Jurisdiccional, demostrando la relación causal directa con el trabajo; la decisión la toma la Comisión Médica Central, excluyendo los factores atribuibles al trabajador o ajenos al trabajo (Ley 24.557, art. 6, ap. 2 b).

Qué conviene reunir desde el principio

Los mensajes, correos o testigos que muestren el hostigamiento o la sobrecarga; las consultas y tratamientos psicológicos y psiquiátricos desde que empezaron los síntomas; y, si hubo un hecho violento, la denuncia policial y la denuncia a la ART.

Esa prueba es la que permite discutir la magnitud del hecho, que es lo que fija el techo del grado.

Normas citadas en esta página

Textos oficiales, para leer la norma completa y en su versión vigente:

Revisión jurídicaEl contenido de esta página fue revisado por el Dr. Luciano Daniel Sassone, abogado matriculado en el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF T° 147 F° 286).