Derecho deportivo · Directores técnicos

Abogados para directores técnicos y entrenadores de fútbol: contrato, despido y reclamos

Última verificación editorial: Octubre 2026 | Avalado por el Dpto. Legal de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente | Convenio Colectivo de Trabajo 662/13 (Res. 420/2016) y Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, Anexo 2

La respuesta corta

Los entrenadores de fútbol y directores técnicos (DT) de clubes argentinos tienen su propio convenio, el 662/13 entre la Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino y la AFA: contrato registrado en la AFA, mínimo de un año, y derecho a dar por terminado el contrato y cobrar hasta el final si el club no paga dos meses (CCT 662/13, arts. 10 y 15).

Si el club es de otro país, el reclamo puede ir al Tribunal del Fútbol de la FIFA, que tiene reglas propias para entrenadores (RSTP, Anexo 2).

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El régimen de los entrenadores de fútbol, en lenguaje claro y sin vueltas

A diferencia de los jugadores, los directores técnicos no tienen una ley propia como la 20.160. Lo que tienen es un convenio colectivo: el Convenio Colectivo de Trabajo 662/13, cuyo texto ordenado aprobó la Subsecretaría de Relaciones Laborales por la Resolución 420/2016.

DatoQué dice el convenioArtículo
Dónde rigeEn todo el país, en los clubes de Primera División, Primera B Nacional, Primera B, Primera C y Argentino A3
A quién alcanzaA todos los directores técnicos de clubes afiliados directa o indirectamente a la AFA en esos torneos4
TítuloHace falta el título habilitante para ejercer5
Técnicos extranjerosPueden dirigir con título habilitante oficial de su país o federación, con el trámite que fija el convenio7
Obra socialLa de los técnicos del fútbol, con libre opción23
Lo primero que conviene saber

Si dirigís en el ascenso o en Primera en Argentina, tu contrato tiene que respetar el convenio 662/13. Cualquier acuerdo por fuera que lo empeore es nulo.

El contrato de los entrenadores de fútbol en Argentina

Ningún técnico puede dirigir, y ningún club puede usar sus servicios, sin celebrar y registrar antes el contrato (art. 10). El convenio fija las reglas:

ReglaQué dice el convenioArt. 10
DuraciónMínimo de un añoinc. b
RegistroEn la AFA, dentro de los diez días de firmado; un ejemplar es para el técnicoinc. c
ExclusividadEl técnico presta servicios en exclusividad, pero puede tener otras tareas fuera de horario si no compiten con el clubincs. a y e
Contratos por afueraCualquier contrato privado que altere el registrado en la AFA es nuloinc. i
Contrato que no respeta el convenioLa AFA no debe registrarlo; si lo registra, se declara sin efectoinc. h
Dos clubes a la vezNo se puede dirigir al mismo tiempo en más de un club de esos torneosinc. k

Qué cobra un director técnico según el convenio

La retribución se integra con un sueldo mensual con mínimos por categoría, premios especiales pactados (por puntos, partidos, colocación) y premios extraordinarios por títulos o ascensos (art. 11). Los premios extraordinarios registrados se pagan dentro de los diez días del partido o del final del torneo (art. 13). Si el club asciende o desciende, la remuneración se adecua a la nueva categoría (art. 14).

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Si el club no les paga a los entrenadores de fútbol

Es la regla más importante del convenio. Si el club no paga dos mensualidades, el técnico puede intimarlo, y si no paga todo lo adeudado dentro de las cuarenta y ocho horas, considerar disuelto el contrato (art. 15).

Qué correspondeQué dice el convenioArt. 15
Lo que se reclamaEl pago total de los sueldos hasta el final del contratosí
Los premiosUna proporción de los premios obtenidos hasta esa fecha, según los meses trabajadossí
DespuésQueda habilitado para registrar un contrato nuevosí

El orden importa

Antes de irte, la intimación tiene que existir y el plazo tiene que vencer. Irse sin intimar puede volverse en contra: el convenio impide al técnico que rescinde antes de tiempo registrar otro contrato hasta la fecha pactada (art. 10, inc. l).

La misma lógica, para jugadores, en rescindir el contrato por falta de pago.

Si el club quiere echar al director técnico antes de tiempo

El convenio permite al club rescindir el contrato sólo después de seis meses desde la firma, y con obligaciones (art. 10, inc. l):

Cuándo rescinde el clubQué le debe al técnicoArt. 10, inc. l
Al terminar un torneo, estando al díaNada más que lo ya adeudado al díasí
Antes de terminar el torneoLos rubros del contrato hasta el final de ese torneo, y los premios según los meses trabajadossí
Sin pagar lo que debe por la rescisiónEl club no puede contratar ni registrar a otro técnico para la misma funciónsí

Esa última regla es una herramienta concreta: mientras no te paguen, el club no puede registrar a tu reemplazo.

Si echan al DT antes de los seis meses

El convenio no prevé la rescisión por el club antes de los seis meses de la firma. Si pasa, conviene revisar el caso con el contrato registrado en la mano.

Técnicos alternos, juveniles y el resto del cuerpo técnico

El convenio no se limita al técnico de Primera. Distingue categorías de retribución para el director técnico, el técnico alterno y los técnicos de juveniles, y fija mínimos distintos según la división en que juegue el club (art. 11).

SituaciónQué dice el convenioArtículo
Dirigís juveniles a tiempo parcialSólo se registran contratos a tiempo parcial en juveniles de Primera, B Nacional y B Metropolitana, cuando el técnico dirige hasta dos categorías; los aportes a la obra social y la cuota sindical se calculan como si fuera tiempo completo11, inc. d
El club te promete un premio por un partido especialTiene que notificarlo a la AFA y a la asociación de técnicos con cuarenta y ocho horas de anticipación12
Te deben un premio extraordinarioSe paga dentro de los diez días del partido o del final del torneo13
El club descendióLa remuneración del contrato se adecua a la nueva categoría desde que el club juega en ella14
VacacionesCoinciden con las del plantel que dirigís9

La asistencia se registra en un parte diario o libro que el técnico firma (art. 16): conviene pedir copia, porque sirve de prueba en un reclamo.

No es el mismo régimen que el de los jugadores

El futbolista tiene la Ley 20.160 y el convenio 557/09, con reglas propias de duración, cesión y rescisión. El técnico, el convenio 662/13. Para comparar, el contrato del jugador está en contrato de futbolista profesional.

Si el reclamo va a la justicia laboral en la Ciudad

La relación del técnico con el club es de trabajo, y el propio convenio remite a la Ley de Contrato de Trabajo en varios puntos (por ejemplo, el art. 92 ter en el art. 11). En la Ciudad de Buenos Aires, antes del juicio laboral hay una instancia de conciliación obligatoria: qué es el SECLO y cómo se prepara.

Entrenadores de fútbol en clubes del exterior: las reglas FIFA

Los conflictos laborales de dimensión internacional entre un club o una federación y un entrenador los puede resolver la FIFA (Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, art. 22, ap. 1, inc. c), salvo que las partes hayan elegido por escrito una cámara nacional reconocida. El Anexo 2 del reglamento tiene reglas propias para los técnicos que cobran más que sus gastos y trabajan para un club profesional o una federación (Anexo 2, art. 1).

TemaQué dice el Anexo 2Artículo
ContratoEscrito e individual, con objeto, sueldo, duración y firmas2
Plazos de gracia para pagarNo se reconocen, salvo los de un convenio colectivo nacional2, ap. 6
RescisiónSólo al vencer o por mutuo acuerdo, salvo justa causa3 y 4
Sueldos impagosDos meses impagos más una intimación con al menos quince días de plazo dan justa causa para irse5
Indemnización al técnicoEl valor residual del contrato; si firmó otro, se descuenta, y si la causa fueron los impagos se suman tres sueldos, hasta seis en casos graves, sin superar el residual6
Deuda vencidaMás de treinta días de atraso, con intimación de diez días, permite sancionar al club7
Si el club no paga lo que se ordenaProhibición de inscribir jugadores hasta pagar, por hasta tres períodos de pases8

Cómo es el reclamo, en abogados FIFA y en reclamo ante el Tribunal del Fútbol. Si se apela, va al Tribunal Arbitral del Deporte.

Qué hace el estudio por los directores técnicos y entrenadores de fútbol

Antes de firmarCuando hay conflicto
Revisión del contrato frente al convenio 662/13 o al Anexo 2Intimación por sueldos o premios impagos (CCT 662/13, art. 15; Anexo 2, art. 5)
Cláusulas de premios, objetivos y rescisiónReclamo por rescisión anticipada (art. 10, inc. l)
Cuerpo técnico: ayudantes y preparadoresReclamo ante la FIFA contra un club del exterior (RSTP, art. 22)
Contratos con clubes de otro paísApelación ante el TAS

Si estás afuera, firmás un poder desde el consulado y seguimos el caso desde acá: poder desde el exterior.

Trabajamos en la Ciudad de Buenos Aires, en la Provincia y con técnicos argentinos en el exterior. Después de la consulta enviamos un presupuesto; el monto depende del caso.

El reclamo de los entrenadores de fútbol, paso a paso

  1. ConsultaContrato, recibos, premios pactados y mensajes con el club.
  2. DiagnósticoSi rige el convenio 662/13 o el Anexo 2 de la FIFA, y qué plazos corren.
  3. IntimaciónPor escrito, con el plazo del convenio o del reglamento (art. 15; Anexo 2, art. 5).
  4. NegociaciónMuchos clubes pagan cuando ven el reclamo bien armado.
  5. ReclamoAnte la justicia o ante la FIFA, según el caso.
  6. CobroSi el club del exterior no paga lo ordenado, la FIFA puede prohibirle inscribir jugadores (Anexo 2, art. 8).

Por qué un director técnico tiene que consultar antes de irse

El error más caro de un técnico es irse antes de tiempo sin intimar: el convenio le impide registrar otro contrato hasta la fecha pactada (art. 10, inc. l). Con la intimación hecha, en cambio, cobra hasta el final y queda libre (art. 15).

La consulta es online. Todas las áreas de la rama están en abogados de derecho deportivo, y el servicio para jugadores en abogados para futbolistas.

entrenadores de fútbol - WS y Asociados

Marco normativo

NormaContenido
Convenio Colectivo de Trabajo 662/13, arts. 2 a 9Vigencia, ámbito, personas comprendidas, título, técnicos extranjeros y vacaciones
Convenio Colectivo de Trabajo 662/13, art. 10Contrato: registro, duración mínima, exclusividad, nulidades y rescisión anticipada
Convenio Colectivo de Trabajo 662/13, arts. 11 a 15Retribuciones, premios, ascensos y descensos, y falta de pago
Convenio Colectivo de Trabajo 662/13, art. 23Obra social
Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, art. 22, ap. 1, inc. cCompetencia de la FIFA para técnicos
Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, Anexo 2, arts. 1 a 8Reglas para el empleo de entrenadores

Texto oficial del convenio: Resolución 420/2016 en el Boletín Oficial, con el texto ordenado del CCT 662/13.

El convenio prevé la actualización anual de las pautas económicas (art. 11): los mínimos vigentes salen del último acuerdo homologado.

Preguntas frecuentes de directores técnicos y entrenadores de fútbol

¿Qué convenio rige a los entrenadores de fútbol en Argentina?

El Convenio Colectivo de Trabajo 662/13 entre la Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino y la AFA, cuyo texto ordenado aprobó la Resolución 420/2016.

¿Cuánto dura como mínimo el contrato de un director técnico?

Un año, y debe registrarse en la AFA dentro de los diez días de firmado (CCT 662/13, art. 10, incs. b y c).

¿Qué pasa si el club no le paga al entrenador?

Con dos mensualidades impagas, el técnico intima al club; si no paga todo en cuarenta y ocho horas, puede considerar disuelto el contrato y reclamar los sueldos hasta el final y una proporción de los premios (art. 15).

¿El club puede echar al técnico cuando quiera?

Según el convenio, sólo después de seis meses desde la firma. Si lo hace antes del final de un torneo, le debe los rubros del contrato hasta que termine ese torneo (art. 10, inc. l).

¿Qué pasa si el club no le paga al técnico que echó?

No puede contratar ni registrar a otro director técnico para la misma función (art. 10, inc. l).

¿Un entrenador puede reclamar ante la FIFA?

Sí, en conflictos laborales de dimensión internacional con un club o una federación (RSTP, art. 22, ap. 1, inc. c), con las reglas del Anexo 2.

¿Hace falta abogado para el reclamo del entrenador?

Para intimar bien y para el reclamo judicial o ante la FIFA, conviene. Un error en la intimación puede costar el contrato entero.

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Si al director técnico lo sancionan

El DT es un oficial del club para el Código Disciplinario de la AFA, con las mismas reglas de descargo y apelación: Tribunal de Disciplina de la AFA: sanciones, descargo y apelación.