Derecho deportivo · Futbolistas

Contrato de futbolista profesional: Ley 20.160 y Convenio 557/09

Última verificación editorial: Octubre 2026 | Avalado por el Dpto. Legal de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente | Ley 20.160, Estatuto del Jugador de Fútbol Profesional, y Convenio Colectivo 557/09 entre la AFA y Futbolistas Argentinos Agremiados

La respuesta corta

El contrato de futbolista profesional en Argentina se rige por la Ley 20.160 y, sobre todo, por el Convenio Colectivo 557/09, que mejora la ley. Se firma por escrito en el formulario oficial, se registra en la AFA y, desde los 22 años, dura entre uno y cinco años sin prórroga. En cada cesión, al jugador le corresponde como mínimo el 15 % del monto (CCT 557/09, arts. 3, 5, 6 y 8).

La Ley de Contrato de Trabajo se aplica en todo lo que sea más favorable para el futbolista (CCT 557/09, art. 1).

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Qué es un contrato de futbolista profesional, en lenguaje claro y sin vueltas

Hay contrato cuando una persona se obliga, por tiempo determinado, a jugar al fútbol integrando los equipos de una entidad deportiva, y esa entidad se obliga a pagarle por eso una retribución en dinero (Ley 20.160, art. 2). El convenio colectivo agrega que se trata de equipos de entidades que participan en torneos profesionales y que la relación se puede probar por todos los medios, incluida la presunción del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo (CCT 557/09, art. 2).

Es un contrato de trabajo con reglas propias: plazo cerrado, registro en la AFA, premios por resultados, cesiones entre clubes y una porción del precio para el jugador. Los derechos del futbolista son irrenunciables (CCT 557/09, art. 32).

La idea de fondo

Lo que firmás con el club es un contrato de trabajo. Lo que diga el formulario no puede dejarte por debajo de la ley, del convenio ni de la Ley de Contrato de Trabajo.

Qué normas rigen el contrato del futbolista profesional

NormaQué aportaFuente
Ley 20.160 (Estatuto del Jugador de Fútbol Profesional)La base: contrato, registro, remuneración y cesionesLey 20.160, art. 1
Convenio Colectivo CCT 557/09Las reglas que hoy se aplican en la práctica: duración, plazos de pago, 15 % de la cesión, rescisiónCCT 557/09, art. 1
Ley de Contrato de TrabajoSe aplica en todo lo que sea más favorable para el futbolistaCCT 557/09, art. 1; Ley 20.160, art. 1
Reglamentos de la AFARigen en cuánto no se opongan a la ley, al convenio, al contrato y a la Ley de Contrato de TrabajoCCT 557/09, art. 3, ap. 5
Reglamento FIFACuando el club o el futbolista son de otro paísReclamo ante la FIFA

El convenio sigue vigente mientras no sea modificado o sustituido por otro (CCT 557/09, art. 30). Cuando la ley y el convenio dicen cosas distintas, en esta guía va el dato del convenio, porque es el que mejora al futbolista.

Si tu contrato se cede a préstamo

La cesión temporaria dura un año y una sola vez, no puede bajar tu sueldo y el club cedente responde por el cesionario (CCT 557/09, art. 8, ap. 5): futbolista a préstamo: sueldo, 15 % y vuelta al club.

Qué pasa con el contrato si te lesionás

El club sigue pagando sueldo y premios por punto hasta el alta y tiene que tenerte asegurado (CCT 557/09, art. 17, aps. 1.3 y 1.4). Todo el detalle: futbolista lesionado.

Cuándo el contrato te deja libre

Al vencer, por culpa del club o por acuerdo, el futbolista queda en libertad para firmar en el país o afuera (CCT 557/09, art. 9). Cómo y cuándo: futbolista libre: cómo quedar libre de tu club.

Firma y registro del contrato de futbolista profesional

  1. Por escrito y en el formulario oficialCuatro ejemplares iguales: AFA, Futbolistas Argentinos Agremiados, club y jugador. El tuyo te lo tienen que entregar en el acto de la firma (CCT 557/09, art. 3, ap. 1).
  2. Diez días hábiles para registrarloEl club presenta los ejemplares en la AFA dentro de ese plazo; el jugador también puede presentar el suyo para que se certifique o se registre (CCT 557/09, art. 3, ap. 2).
  3. Sin registro no hay partido oficialNingún profesional puede jugar un partido oficial sin el contrato registrado (CCT 557/09, art. 3, ap. 3).
  4. Si el club no lo presentaPodés exigir que cumpla o considerarte libre por culpa del club, con derecho a cobrar lo que habrías percibido hasta el final del contrato (CCT 557/09, art. 3, ap. 3).

Lo que se pacta por fuera del contrato registrado

Un acuerdo que fije rubros superiores a los del contrato registrado tiene plena validez, y el club no puede invocar la nulidad del contrato para no pagar (CCT 557/09, art. 3, ap. 6). Las mejoras de sueldo se comunican a la AFA y se suman al contrato registrado, sin que eso implique un contrato nuevo (CCT 557/09, art. 7).

Si no te pagaron el 15 % de tu transferencia

El porcentaje lo debe el club que cede y se deposita en Futbolistas Argentinos Agremiados; si la AFA autorizó la cesión sin el depósito, responde junto con el club (CCT 557/09, art. 8). Cómo se reclama: reclamar el porcentaje de la transferencia.

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Cuánto dura el contrato de futbolista profesional

Edad al firmarTipo de contratoDuración
De 16 a 20 añosProfesional promocionalUn año, con opción del club de prorrogar uno o dos años más
21 añosProfesional promocionalUn año, prorrogable una sola temporada
22 añosPromocional sin prórrogaUn año, sin prórroga
Desde los 22 añosPlazo fijoMínimo un año y máximo cinco, sin prórroga
Desde los 16 añosPlazo fijo, si se eligeMínimo un año y máximo cinco

Fuentes: convenio, arts. 5 y 6. Un contrato con prórroga firmado con un jugador de 22 años o más es nulo de nulidad absoluta, y la AFA debe declararlo libre (CCT 557/09, art. 6, ap. 2.3).

Cómo se ejerce la prórroga del promocional

  • El club la comunica por telegrama colacionado o carta documento, a más tardar el 31 de mayo para la primera prórroga y el 30 de abril para la segunda (CCT 557/09, art. 6, ap. 1.2).
  • Para prorrogar, el club tiene que pagar desde julio un aumento del 20 % de la remuneración total pactada, registrada o no (art. 6, ap. 1.4).
  • Si no comunica la prórroga a tiempo, el contrato termina el 30 de junio y el jugador cobra uno o dos salarios básicos de su categoría, además de la indemnización por antigüedad y por falta de preaviso de la Ley de Contrato de Trabajo (art. 6, ap. 1.5).

La Ley 20.160 fijaba otros plazos, de uno a cuatro años con opciones del club (Ley 20.160, art. 12); el convenio los reemplazó por este esquema.

Sueldo, premios y aguinaldo en el contrato de futbolista profesional

Es salario toda prestación que el club se obliga a dar y que implica una ventaja económica para el jugador, en dinero, en especie, vivienda o comida, salvo vivienda y comida durante concentraciones y viajes (CCT 557/09, art. 13).

ConceptoReglaFuente
SueldoSe paga dentro de los cuatro días hábiles siguientes al vencimiento del mesCCT 557/09, art. 13 a
Premios por puntos, partidos, goles o certámenesDentro de los cinco días hábiles siguientes al partido o certamenCCT 557/09, art. 13 a
Premio básico por punto ganado5 % del salario básico de la categoríaCCT 557/09, art. 13 a
Aguinaldo50 % de la mayor remuneración mensual del semestre, por todo concepto salvo el premio por torneoCCT 557/09, art. 13 a
RecibosTodo pago se documenta como manda la Ley de Contrato de Trabajo; si no, el recibo es nuloCCT 557/09, art. 13 a
Amistosos y copas internacionalesPremios y viáticos acordados por escrito con el plantel; si no hay acuerdo, arbitraje del Ministerio de TrabajoCCT 557/09, art. 16

Premio especial por título o ascenso

CategoríaCampeónAscenso
Primera A300 salarios básicos—
Primera B Nacional200 salarios básicos100 salarios básicos
Primera B100 salarios básicos50 salarios básicos

Son mínimos y se reparten entre quienes jugaron partidos oficiales, en proporción a los partidos de cada uno (CCT 557/09, art. 14). La Ley 20.160 daba diez días corridos para pagar el sueldo (Ley 20.160, art. 6); el convenio lo bajó a cuatro días hábiles.

Cesión, préstamo y el 15 % del jugador

Mientras el contrato está vigente, el club puede cederlo a otro club sólo con el consentimiento expreso y por escrito del futbolista. Al jugador le corresponde, como mínimo, el 15 % bruto del monto total de la cesión, temporaria o definitiva, y el club cedente lo deposita en la sede de Futbolistas Argentinos Agremiados; el pago directo al jugador no tiene validez (CCT 557/09, art. 8). La ley hablaba de un 10 % (Ley 20.160, art. 14).

SituaciónReglaCCT 557/09, art. 8
Trueque de jugadoresEl 15 % se calcula sobre la valuación de cada paseap. 1
Precio en dinero más otros pasesEl porcentaje va sobre el total valuado más el dineroap. 2
Préstamo (cesión temporaria)Por un año y una sola vez, salvo que el jugador consienta; no puede bajar el sueldo y el club cedente responde solidariamenteap. 5
Fin del préstamoEl jugador vuelve automáticamente y el club de origen paga, como mínimo, lo que cobraba en el último mesap. 5
Cláusula de no jugar contra el club cedenteNo tiene ningún efectoap. 8
Cesión parcial de derechos15 % al ceder la parte y otro 15 % al cobrar el restoap. 7
Cesión a empresas o personas que no compitenProhibida y nula; el jugador queda libreap. 6

Este 15 % es del jugador. Otra cosa son los montos que cobran los clubes formadores: mecanismo de solidaridad FIFA y derecho de formación de la Ley 27.211.

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Lo que el club y el futbolista se deben

El club debeCCT 557/09, art. 17
Pagar todo lo pactado, registrado o no, aunque no utilice al jugador1.1
Un día de descanso semanal y 30 días de licencia anual paga1.2
Asistencia médica completa y el sueldo, con premios por punto, mientras esté lesionado, hasta el alta, aunque llegue después del fin del contrato1.3
Seguros por incapacidad o muerte en competencias, preparación o traslados1.4
Transporte, hospedaje y comida en los viajes1.5
Doce horas de descanso entre jornadas y 48 horas entre partidos1.6 y 1.7

El futbolista, por su parte, juega en exclusiva para el club o la selección, cuida su estado físico, entrena según lo que fije el club y cumple los reglamentos deportivos en cuánto no se opongan a la ley y al convenio (CCT 557/09, art. 17, ap. 2).

Si te mandan a entrenar aparte

El club fija lugar y horario de entrenamiento, pero los cambios no pueden injuriar los intereses del jugador. Si lo hace, el futbolista puede considerarse despedido sin causa o pedir por vía sumarísima que se restablezcan las condiciones (CCT 557/09, art. 17, ap. 2.7).

Sanciones del club y del Tribunal de Disciplina

  • El club puede amonestar o suspender sin sueldo hasta 30 días corridos en un año, con obligación de seguir entrenando (CCT 557/09, art. 18).
  • Si el club está en mora con los sueldos, no puede hacer efectivas las sanciones (art. 18).
  • No se puede sancionar al jugador que deja de prestar servicios por falta de pago, si intimó con dos días hábiles de anticipación por telegrama o carta documento (art. 18).
  • Cada falta, una sola sanción, proporcional y contemporánea (art. 18).
  • Las infracciones puramente deportivas las juzga el Tribunal de Disciplina de la AFA, con derecho a ofrecer y producir prueba (art. 19).

Las reglas generales de las suspensiones: suspensión laboral.

Cómo termina el contrato de futbolista profesional

FormaQué pasaFuente
Vencimiento del plazoEl jugador queda libre para firmar en el país o en el exterior; la AFA debe emitir de inmediato el certificado de transferencia internacionalCCT 557/09, art. 9
Acuerdo de partesEn cualquier momento, con las formas del artículo 241 de la Ley de Contrato de TrabajoCCT 557/09, art. 20
Culpa del clubPor ejemplo, un mes de sueldo impago y dos días hábiles de intimación: cobra lo que faltaba del contrato más antigüedad, preaviso y vacacionesCCT 557/09, arts. 13 b y 15
Incumplimiento grave del jugadorProbado en juicio, no da indemnización al jugador y nunca puede inhabilitarlo para jugar en otro clubCCT 557/09, art. 21

El paso a paso de la rescisión por falta de pago: rescindir el contrato del futbolista. Las formas del acuerdo: extinción por mutuo acuerdo. Los conflictos entre clubes y futbolistas van a los Tribunales del Trabajo (CCT 557/09, art. 22). La intimación se hace por telegrama: telegrama laboral del trabajador.

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Errores frecuentes al firmar

  • Firmar sin quedarte con tu ejemplar: te lo tienen que dar en el acto (CCT 557/09, art. 3).
  • Aceptar parte del sueldo «por fuera» sin dejar constancia: los acuerdos no registrados valen, pero hay que poder probarlos (art. 3, ap. 6).
  • Aceptar un contrato con prórroga a los 22 años o más: es nulo (art. 6, ap. 2.3).
  • Firmar una cesión sin saber el monto total: tu 15 % se calcula sobre todo lo que se paga (art. 8).
  • Cobrar el 15 % en mano: sólo vale el depósito en Futbolistas Argentinos Agremiados (art. 8).
  • Dejar pasar una deuda de sueldo: con un mes impago ya se puede intimar (art. 13 b).

Por qué conviene revisar el contrato antes de firmar

El formulario es estándar, pero lo que se agrega no: premios, objetivos, cláusulas de cesión, montos por fuera del registro. Ahí se define cuánto cobra el jugador y cuánto le cuesta salir.

La consulta es online, desde Argentina o desde el exterior: nos mandás el contrato y te decimos qué revisar. Ver abogados para futbolistas.

contrato de futbolista profesional - WS y Asociados

Marco normativo

NormaContenido
Ley 20.160, arts. 1, 2, 3, 6, 12 y 14Estatuto del Jugador de Fútbol Profesional
CCT 557/09, arts. 1 a 9Ámbito, contrato, registro, duración, prórrogas y cesiones
CCT 557/09, arts. 13 a 16Remuneración, premios, rescisión por culpa del club
CCT 557/09, arts. 17 a 22Obligaciones, sanciones, extinción y tribunal
CCT 557/09, arts. 30 y 32Vigencia e irrenunciabilidad

Texto oficial de la ley en InfoLEG: Ley 20.160. Más temas de la rama: derecho deportivo y abogados laborales.

El Convenio Colectivo 557/09 de Futbolistas Argentinos Agremiados, artículo por artículo

El Convenio Colectivo de Trabajo 557/09 lo firmaron la AFA y Futbolistas Argentinos Agremiados (FAA), y regula el contrato de todo futbolista profesional de un club afiliado. Acá va cada uno de sus 32 artículos en una línea, con el enlace a la guía donde lo explicamos completo. Donde el convenio y el estatuto dicen cosas distintas —el porcentaje de la cesión, la duración, la indemnización—, las diferencias están en la Ley 20.160 artículo por artículo.

Los salarios básicos en pesos del texto original no se transcriben: el propio artículo 13 prevé que se actualicen por los acuerdos posteriores.

El contrato, su registro y su duración (arts. 1 a 12)

ArtículoQué regulaLo esencialMás detalle
Art. 1, derechos y obligacionesQué norma rige la relaciónLa inscripción en la AFA es el compromiso entre club y futbolista, y el convenio es su ley; la Ley de Contrato de Trabajo se aplica en lo que sea más favorable al futbolista.—
Art. 2, futbolista profesionalQuién es profesionalEl que se obliga por tiempo determinado a jugar para una entidad que compite en torneos profesionales, a cambio de una remuneración.—
Art. 3, contrato y registroForma, registro y lo pactado aparteContrato escrito en cuatro ejemplares, en el formulario tipo. El club lo presenta en la AFA en diez días hábiles; si no lo hace, el futbolista puede considerarse libre y cobrar lo que le faltaba hasta el fin del contrato. Sin registro no se juega partido oficial. Lo pactado por encima del contrato registrado vale igual.cómo quedar libre
Art. 4, período de registroCuándo se registran los contratosLo fija la AFA, y nunca puede ser menor que el receso entre un torneo y el siguiente.—
Art. 5, duraciónCuánto dura cada contratoPromocional, entre los 16 y los 21 años: un año, con prórrogas a opción del club. A plazo fijo: de uno a cinco años, sin prórroga.el futbolista menor de edad
Art. 6, promocional y plazo fijoCómo se prorroga y desde qué edad no se puedeLa prórroga se comunica por telegrama o carta documento (hasta el 31 de mayo la primera y el 30 de abril la segunda) y lleva un aumento del 20 %. Si el club no la comunica, el contrato se extingue el 30 de junio, con indemnización por no prórroga. Desde los 22 años sólo hay plazo fijo: un contrato con prórroga es nulo y el jugador queda libre.cómo quedar libre
Art. 7, mejoras de sueldoSubir la remuneraciónLas partes pueden mejorarla libremente y se comunica a la AFA. La sola mejora no es un contrato nuevo, salvo que se firme y registre un formulario nuevo.—
Art. 8, cesión de contratosVentas y préstamosSólo con consentimiento escrito del futbolista, que cobra como mínimo el 15 % bruto, depositado en FAA. El préstamo es por un año y una sola vez, sin bajar el sueldo, y el club que presta responde solidariamente. Prohibido ceder a quien no compite en torneos de la AFA o sus ligas; nula la cláusula de no jugar contra el club que prestó.el futbolista a préstamo; cómo se cobra el 15 %; derechos federativos y económicos
Art. 9, extinciónQué pasa cuando el contrato terminaEl futbolista queda libre para firmar con cualquier club del país o del exterior, y la AFA debe expedir el certificado de transferencia internacional apenas se lo pidan.el certificado de transferencia internacional
Art. 10, número de contratadosPlantel y reemplazosSin tope. Si un futbolista queda inactivo más de cuatro meses por enfermedad, lesión o suspensión, el club puede contratar otro, sin dejar de cumplir con él.el futbolista lesionado
Art. 11, primer contratoLa oferta al juvenil aficionadoEl club ofrece el primer contrato por telegrama o carta documento: al cumplir 21 años, al jugar el 25 % de los partidos o tras un ascenso. Si no deposita la copia en la AFA en diez días hábiles, el jugador queda libre.el futbolista menor de edad
Art. 12, en qué equipo juegaPrimera, tercera o juvenilesEl que cumplió 21 años o se hizo profesional por jugar el 25 % de los partidos actúa sólo en el equipo superior o en tercera (ex reserva); los demás con contrato pueden seguir en juveniles.—

Sueldo, premios, obligaciones y sanciones (arts. 13 a 19)

ArtículoQué regulaLo esencialMás detalle
Art. 13, remuneracionesQué es salario, plazos y moraEs salario toda ventaja económica que el club se obliga a dar. El sueldo se paga en los cuatro días hábiles siguientes al mes; los premios, en los cinco días hábiles posteriores al partido; el aguinaldo es el 50 % de la mayor remuneración del semestre. Ante un mes impago, el futbolista intima por dos días hábiles y puede resolver el contrato por culpa del club; la AFA debe declararlo libre en diez días hábiles.rescindir por falta de pago
Art. 14, premio por título o ascensoEl premio especialSe mide en salarios básicos según la categoría y se reparte entre los que jugaron, en proporción a los partidos de cada uno.—
Art. 15, indemnizaciónSi el contrato termina por culpa del clubLo que faltaba cobrar hasta el fin del contrato, más las indemnizaciones por antigüedad, preaviso y vacaciones de la Ley de Contrato de Trabajo.la calculadora de indemnización
Art. 16, amistosos y copasPremios y viáticos extraSe pactan por escrito con el plantel. Sin acuerdo, decide un arbitraje del Ministerio de Trabajo, sin apelación.—
Art. 17, obligacionesLo que se deben club y futbolistaEl club paga aunque no lo haga jugar, da descanso semanal y 30 días de licencia, asistencia médica, sueldo durante la lesión hasta el alta, seguros y viajes; entre partido y partido, 48 horas como mínimo. El futbolista juega sólo para su club, entrena aun suspendido y avisa en 24 horas cualquier problema físico.el futbolista lesionado
Art. 18, sanciones del clubQué puede aplicar el clubApercibimiento o suspensión de hasta 30 días por año, proporcional y contemporánea a la falta. Si el club debe sueldos, no puede sancionar; y no puede castigar al que dejó de jugar por falta de pago tras intimar por dos días hábiles.rescindir por falta de pago
Art. 19, faltas deportivasEl Tribunal de DisciplinaLas juzga el Tribunal de Disciplina de la AFA, con derecho a ofrecer y producir prueba de descargo; nunca dos sanciones por la misma falta.—

Fin del contrato, tribunales y reglas gremiales (arts. 20 a 32)

ArtículoQué regulaLo esencialMás detalle
Art. 20, rescisión de común acuerdoTerminar el contrato entre los dosSe puede en cualquier momento, con las formalidades de la Ley de Contrato de Trabajo, y el futbolista queda libre.cómo quedar libre
Art. 21, despido por falta graveSi el que incumple es el futbolistaProbado en juicio, no hay indemnización y el tribunal puede fijar una a favor del club. Nunca lo inhabilita para jugar en otro club.—
Art. 22, tribunalDónde se reclamaToda controversia entre clubes y futbolistas va a los Tribunales del Trabajo.rescindir por falta de pago
Art. 23, seguridad socialJubilación, asignaciones y obra socialEl futbolista está en el régimen de los trabajadores en relación de dependencia (Decreto 1212/2003, art. 4) y en el sistema de obras sociales de las Leyes 23.660 y 23.661.—
Arts. 24 a 29, reglas gremialesLa relación con el sindicatoDos partidos anuales de la Selección a beneficio de FAA, retención de la cuota sindical por el club, vitrina gremial en el vestuario, plateas para FAA, sin fútbol profesional el 1.º de mayo, el 14 de mayo como Día del Futbolista y delegados del plantel.—
Art. 30, alcance y vigenciaA quién se aplicaA los clubes afiliados a la AFA, directa o indirectamente cuando compiten en torneos profesionales, y a sus futbolistas. Conserva su vigencia mientras otro convenio no lo modifique o sustituya.—
Art. 31, extranjerosEl cupo por clubFija un máximo de futbolistas extranjeros por club en Primera A, Primera B Nacional y Primera B; no cuenta como extranjero el que jugó cuatro años en inferiores al cumplir 21.—
Art. 32, irrenunciabilidadLo que no se puede resignarLos derechos del convenio, de la Ley 20.160 y de la Ley de Contrato de Trabajo son irrenunciables; no vale el contrato que los reduzca.la Ley 20.160 artículo por artículo

Preguntas frecuentes sobre el contrato de futbolista profesional

¿Qué ley regula el contrato de futbolista profesional en Argentina?

La Ley 20.160 y el Convenio Colectivo 557/09 entre la AFA y Futbolistas Argentinos Agremiados; la Ley de Contrato de Trabajo se aplica en lo más favorable (CCT 557/09, art. 1).

¿Cuánto puede durar el contrato?

Desde los 22 años, entre uno y cinco años sin prórroga; entre 16 y 21, contratos promocionales de un año con prórrogas a opción del club (CCT 557/09, arts. 5 y 6).

¿Cuánto le corresponde al jugador en una transferencia?

Como mínimo el 15 % bruto del monto total de la cesión, depositado en Futbolistas Argentinos Agremiados (CCT 557/09, art. 8).

¿Me pueden ceder sin mi consentimiento?

No. La cesión exige el consentimiento expreso y por escrito del futbolista (CCT 557/09, art. 8).

¿Cuándo me tienen que pagar el sueldo?

Dentro de los cuatro días hábiles siguientes al vencimiento del mes; los premios, dentro de los cinco días hábiles del partido (CCT 557/09, art. 13).

¿Valen los pagos acordados por fuera del contrato registrado?

Sí, los rubros superiores al contrato registrado tienen plena validez (CCT 557/09, art. 3, ap. 6).

Si me lesiono, ¿sigo cobrando?

Sí, el sueldo y los premios por punto hasta el alta, aunque llegue después del fin del contrato (CCT 557/09, art. 17, ap. 1.3).

¿Qué pasa si el club no registra mi contrato?

Podés exigir que cumpla o considerarte libre por su culpa y cobrar lo que faltaba hasta el final del contrato (CCT 557/09, art. 3, ap. 3).

¿Dónde se reclama?

Ante los Tribunales del Trabajo (CCT 557/09, art. 22); si el club es de otro país, ante los órganos de la FIFA.

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El contrato y el «pase»

Lo que en el fútbol se llama pase es, en el convenio, la cesión de este contrato. Qué son los derechos federativos y derechos económicos, y qué te corresponde cuando te venden.

Tres cláusulas y situaciones del contrato, en detalle

Cuánto vale una salida pactada y cuándo se reduce: cláusula de rescisión. Qué pasa con el contrato cuando lo citan a jugar por su país: convocatoria a la selección nacional. Y las reglas para los juveniles de 16 a 18 años: futbolista menor de edad.

La ley completa y el contrato de las jugadoras

Cada artículo del estatuto, con lo que el convenio regula distinto: Ley 20.160 artículo por artículo. Y las reglas propias del contrato de la futbolista profesional: embarazo, licencias y rescisión.