Accidentes de tránsito · Lesiones

Fractura por un accidente de tránsito: qué se cobra

Última verificación editorial: Septiembre 2026 | Avalado por el Dpto. Legal de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente

La respuesta corta

Una fractura por un accidente de tránsito se indemniza con varios rubros: la incapacidad que quede, la cirugía y el tratamiento, los días sin trabajar, el sufrimiento y lo que el tratamiento todavía vaya a requerir.

Se le reclama al responsable y a su aseguradora, sin probar que manejaba mal. Hay tres años desde el choque, y conviene no cerrar nada antes de saber cómo consolidó el hueso.

Consultar por WhatsApp¿Te fracturaste en un choque?Contanos qué hueso fue y si te operaron.

Qué se reclama por una fractura en un choque, en lenguaje claro y sin vueltas

Una fractura es una lesión objetiva: se ve en los estudios, tiene fecha y casi siempre deja constancia en una guardia. Eso ordena el reclamo, pero no lo resuelve. Lo que define cuánto vale no es la fractura en sí, sino lo que deja: cómo quedó el hueso, si hubo cirugía, cuánto tiempo llevó la recuperación y si quedó alguna limitación.

El daño futuro también se indemniza

El Código Civil y Comercial exige que el perjuicio sea cierto, pero puede ser actual o futuro (art. 1739).

Una segunda cirugía prevista o una rehabilitación que sigue forman parte del reclamo si son consecuencia del choque.

Por eso el error más caro con una fractura es cerrar el reclamo apurado, cuando todavía no se sabe cómo termina el tratamiento.

Lo que sigue es propio de las fracturas: cuándo cerrar, qué pasa con el material y la segunda cirugía. El recorrido general del reclamo —contra quién, en qué plazo, qué pasa si no hay acuerdo— está en accidentes de tránsito con lesiones.

fractura por un accidente de tránsito - WS y Asociados

Qué se cobra por una fractura por un accidente de tránsito

Cada rubro se prueba por separado. Sumados, forman la indemnización.

RubroQué incluyeNorma
IncapacidadLa limitación que quede después de la consolidación, aunque la persona vuelva a trabajarCódigo Civil y Comercial, art. 1746
TratamientoCirugía, material, internación, kinesiología y lo que el tratamiento vaya a requerirArts. 1739 y 1746
Días sin trabajarLo que se dejó de ganar durante la recuperaciónArt. 1738
Oportunidades perdidasUn trabajo, una competencia o un examen que el choque frustró, si era razonableArts. 1738 y 1739
SufrimientoEl dolor, la internación, la alteración de la vida diariaArt. 1741
Los tickets

Los gastos médicos, de farmacia y de traslado se presumen cuando son razonables para la lesión (art. 1746). No hace falta cada ticket, pero guardar los comprobantes de lo importante —la cirugía, el material, los traslados— evita discusiones.

Cuándo conviene cerrar el reclamo por una fractura

La aseguradora suele ofrecer una suma cuando la persona todavía está con yeso o recién operada. En ese momento nadie sabe si va a quedar una limitación.

  1. Primeros díasGuardia y estudiosConstancia de atención, radiografías, y la cirugía si hace falta. Pedir copia de todo.
  2. Semanas o mesesConsolidaciónEl control médico dice cómo va soldando el hueso y qué rehabilitación sigue.
  3. Con el altaEvaluar la secuelaRecién ahí se sabe si queda limitación y cuánto limita.
  4. Después del altaRecién ahí, los númerosCon la secuela a la vista se sabe qué reclamar; antes, cualquier cifra deja algo afuera.

Si ya firmaste algo, ver firmé un acuerdo con la aseguradora.

Cuatro fracturas típicas de un choque

M
Motociclista con fractura de pierna

Es de las lesiones más frecuentes en moto. Aun sin casco, el reclamo no se pierde: la conducta de la víctima puede limitar la responsabilidad, no borrarla (art. 1729). Ver accidentes en moto.

P
Peatón atropellado con fractura de cadera

El peatón goza del beneficio de la duda salvo graves violaciones a las reglas de tránsito (Ley 24.449, art. 64). Ver peatón atropellado.

F
Fractura de muñeca o clavícula al frenar

Pasa en colectivos y en autos. El pasajero reclama sin discutir la culpa entre conductores.

F
Fractura de costillas por el cinturón

El cinturón hizo su trabajo, pero la lesión existe y se reclama igual, con su tratamiento y sus días sin trabajar.

F
Fractura en un auto que no manejabas

Si ibas de acompañante, reclamás a los dos vehículos y a sus aseguradoras sin discutir cuál de los conductores tuvo la culpa: eso lo resuelven ellos después. La conducta propia —por ejemplo, viajar sin cinturón— sólo puede limitar el reclamo (art. 1729).

Si el hueso ya estaba lesionado, o no tenés recibo de sueldo

Una lesión anterior o un trabajo por cuenta propia cambian las cuentas de una fractura, y conviene aclararlo desde el principio.

SituaciónQué pasa con el reclamoNorma
Ese hueso o esa articulación ya tenían una lesiónSe reclama lo que el choque agregó o agravó, si tiene nexo adecuado de causalidad con el hechoCódigo Civil y Comercial, arts. 1726 y 1727
Sos monotributista o trabajás por tu cuentaLo que dejaste de ganar se reclama igual, con la prueba de tus ingresosArt. 1738
Un cuaderno desde el primer día

Con una fractura, el tiempo de recuperación suele ser largo. Anotar desde el primer día qué trabajos se perdieron, quién ayudó en la casa y qué gastos aparecieron hace mucho más fácil probar después lo que el choque costó.

Una fractura también cambia la vida de la casa. Si hizo falta que alguien ayudara con las tareas, con los chicos o con los traslados, ese costo forma parte de lo que el choque hizo perder (Código Civil y Comercial, art. 1738), aunque la ayuda la haya dado un familiar. Lo mismo pasa con adaptaciones concretas: una silla, una bota ortopédica, un taxi en lugar del colectivo durante las semanas en que no se podía caminar bien. Son gastos chicos de a uno, pero sumados pesan, y se presumen cuando son razonables para la lesión (art. 1746).

Lo que no conviene es inflar: la otra parte revisa cada rubro, y un reclamo prolijo, con lo que de verdad pasó, se sostiene mejor en la mediación y en la pericia.

La cicatriz de la operación se reclama aparte: ver daño estético por un accidente de tránsito. Si la compañía no quiere pagar, ver cuando la aseguradora rechaza el siniestro.

Los pasos, en orden

El orden que conviene seguir con una fractura:

  1. Guardia y estudiosPedir la constancia de atención y copia de los estudios.
  2. Guardar los gastosCirugía, material, traslados, ayuda en casa.
  3. Esperar la consolidaciónNo cerrar el reclamo sin saber si queda limitación.
  4. Pedir por escrito lo que faltaSi el médico prevé otra cirugía o más rehabilitación, que quede en un informe.

Marco normativo

Los artículos que más se discuten con una fractura:

C
Código Civil y Comercial, arts. 1738, 1739, 1741 y 1746

Pérdidas, daño futuro cierto, sufrimiento e incapacidad.

C
Código Civil y Comercial, arts. 1726 y 1727

Lo que el choque agravó de una lesión anterior.

C
Código Civil y Comercial, art. 1729

La conducta de la víctima puede limitar la responsabilidad.

L
Ley 24.449, art. 64

Presunción contra el que cometió la infracción y a favor del peatón.

Textos oficiales en InfoLEG: Código Civil y Comercial y Ley 24.449.

Errores frecuentes: fractura por un accidente de tránsito

Cerrar con el yeso puesto«Me ofrecieron algo y lo acepté para terminar.»Todavía no se sabía si iba a quedar una limitación.
No pedir copia de los estudios«Las placas quedaron en el hospital.»Después hay que conseguirlas por oficio y se pierde tiempo.
Olvidar el tratamiento futuro«Me dijeron que quizá haya que sacar el material.»Si es consecuencia del choque y es cierto, se reclama (art. 1739).
Pensar que el monotributista no cobra días«No tengo recibo de sueldo.»Lo que se dejó de ganar se reclama igual, con la prueba que haya (art. 1738).

Preguntas frecuentes: fractura por un accidente de tránsito

¿Cuánto paga el seguro por una fractura?

No hay un monto fijo por hueso. Depende de la secuela, de la cirugía, de los días sin trabajar y del sufrimiento, que se reclaman por separado.

¿Aumenta la indemnización si me operaron?

La cirugía suma gastos, tiempo de recuperación y, a veces, una secuela mayor. Cada cosa se prueba y se reclama.

¿Puedo reclamar si iba sin casco?

Sí. La conducta de la víctima puede limitar la responsabilidad del otro, no borrarla (Código Civil y Comercial, art. 1729).

¿Se reclama la cicatriz de la cirugía?

Sí. La indemnización incluye las consecuencias de la lesión a la integridad personal (Código Civil y Comercial, art. 1738). Cómo se documenta, en la guía de daño estético.

¿Y si me tienen que volver a operar para sacar el material?

Si el médico lo indica y es consecuencia del choque, es un daño futuro cierto y se incluye en el reclamo (art. 1739). Conviene que la indicación quede por escrito antes de negociar.

Una fractura bien documentada es un reclamo sólido. La primera consulta puede ser online, con los estudios y los datos del seguro del otro.

Consultar por WhatsApp

Contanos qué pasó

Aviso legal

El contenido de esta página es de carácter netamente orientativo y no reemplaza el asesoramiento letrado profesional sobre un caso concreto. Los datos de organismos judiciales fueron cotejados con fuentes oficiales a la fecha de verificación editorial y pueden variar.

WS y Asociados, abogados matriculados en la Provincia de Buenos Aires y CABA (CPACF). Contacto +54 9 11 2399-2570.

La cicatriz y lo que no se ve de una fractura

Una fractura operada suele dejar una marca, y una recuperación larga puede dejar también secuelas en el ánimo. Las dos se suman al reclamo:

SecuelaDónde está explicada
La cicatriz de la cirugía o del golpeDaño estético por un accidente de tránsito
Angustia, miedo o insomnio que siguenDaño psicológico por un accidente de tránsito