Derecho laboral · Reforma 2026

Ley de teletrabajo derogada: qué cambia desde enero de 2027

Última verificación editorial: Octubre 2026 | Avalado por el Dpto. Legal de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente | Ley 27.555; Ley 27.802, arts. 199 y 207; Ley de Contrato de Trabajo, art. 102 bis

La respuesta corta

La ley de teletrabajo 27.555 queda derogada desde el 1 de enero de 2027 por la reforma laboral. Hasta el 31 de diciembre de 2026 sigue vigente, con todos sus derechos: desconexión digital, equipos a cargo del empleador y compensación de gastos. El artículo 102 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, que define el contrato de teletrabajo, no figura entre los artículos que la reforma deroga (Ley 27.802, arts. 199 y 207; Ley 27.555, arts. 5, 9 y 10).

Lo que pactaste por escrito en tu contrato y lo que diga tu convenio colectivo pasan a ser las fuentes clave.

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Qué significa que derogan la ley de teletrabajo, en lenguaje claro y sin vueltas

Derogar una ley es dejarla sin efecto. La Ley 27.802, de modernización laboral, deroga la Ley 27.555 «y su modificatoria» a partir del 1 de enero de 2027 (Ley 27.802, art. 199). La modificatoria es el DNU 70/2023, que había cambiado las reglas de tareas de cuidado, reversibilidad, prestaciones transnacionales y registro.

Eso no hace desaparecer el teletrabajo. Trabajar desde casa sigue siendo posible: lo que cambia es que deja de existir el piso mínimo de derechos que fijaba esa ley en particular. La definición del contrato de teletrabajo está en la Ley de Contrato de Trabajo (Ley de Contrato de Trabajo, art. 102 bis), y la reforma no la incluye entre los artículos que deroga (Ley 27.802, art. 207).

En dos frases

Hasta fin de año, nada cambia. Desde enero, lo que te protege es lo que firmaste, lo que diga tu convenio y las reglas generales de la ley laboral.

Qué dice la reforma laboral sobre la ley de teletrabajo

NormaQué diceDesde cuándo
Ley 27.802, art. 199Deroga la Ley 27.555 y su modificatoria1 de enero de 2027
Ley 27.802, art. 207Enumera los artículos de la Ley de Contrato de Trabajo que deroga: 28, 54, 61, 113, 174, 175, 176, 216 y 275. El 102 bis no estáDesde su publicación
Ley de Contrato de Trabajo, art. 102 bisDefine el contrato de teletrabajo y remite a una «ley especial» para los mínimos y a la negociación colectiva para cada actividadIncorporado en 2020

El 102 bis dice que los presupuestos mínimos del contrato de teletrabajo «se establecerán por ley especial» y que las regulaciones de cada actividad se fijan por negociación colectiva (Ley de Contrato de Trabajo, art. 102 bis). Esa ley especial era la 27.555. Al 14 de octubre de 2026 no hay otra que la reemplace.

El resto de los cambios de la reforma: reforma laboral 2026 y reformas legales 2026.

Lo que rige hasta el 31 de diciembre de 2026

Hasta esa fecha la ley de teletrabajo está vigente. Estos son sus derechos principales:

DerechoQué diceLey 27.555
IgualdadLos mismos derechos que en la modalidad presencial y una remuneración no inferiorart. 3
JornadaPactada por escrito, con los límites legales y convencionalesart. 4
Desconexión digitalDerecho a no ser contactado fuera de la jornada y en licencias, sin sanción por ejercerloart. 5
Tareas de cuidadoCoordinar horarios o interrupciones si tenés a cargo menores de 13, personas con discapacidad o adultos mayores convivientesart. 6
VoluntariedadPasar de presencial a teletrabajo es voluntario y por escrito, salvo fuerza mayorart. 7
ReversibilidadSe puede volver a lo presencial por acuerdo, o cuando las características de la actividad lo requieranart. 8
EquiposEl empleador provee equipos, herramientas y soporte, o compensa el uso de los propiosart. 9
GastosCompensación por mayores gastos de conectividad y servicios, exenta de Gananciasart. 10
AccidentesLos ocurridos en el lugar, la jornada y con ocasión del teletrabajo se presumen accidentes de trabajoart. 14

Los otros derechos de la ley de teletrabajo que también caen

Además de los más conocidos, la ley tiene reglas sobre la organización del trabajo a distancia que suelen pasar desapercibidas:

TemaQué diceLey 27.555
CapacitaciónEl empleador debe capacitar en nuevas tecnologías, sin que implique más carga de trabajoart. 11
Derechos sindicalesQuien teletrabaja tiene todos los derechos colectivos y se lo anexa a un centro de trabajo para elegir y ser elegidoarts. 12 y 13
Higiene y seguridadLa autoridad dicta normas específicas, con control y participación sindicalart. 14
Control e intimidadLos sistemas de control deben resguardar la intimidad y la privacidad del domicilioart. 15
Software de vigilanciaProhibido el que viole la intimidad de quien trabajaart. 16
Trabajo para el exteriorSe aplica la ley del lugar donde se ejecutan las tareasart. 17
RegistroAlta de la modalidad por un método simple y electrónicoart. 18

Cómo quedaron cuidados y reversibilidad con el DNU 70/2023

El decreto cambió dos reglas clave. El derecho a coordinar horarios por tareas de cuidado no se aplica cuando el empleador paga alguna compensación legal, convencional o contractual por esos gastos (art. 6). Y la vuelta a la modalidad presencial dejó de depender sólo del trabajador: se puede revertir por acuerdo mutuo, si hay condiciones en la empresa, o cuando las características de la actividad lo requieran (art. 8).

El pase de presencial a teletrabajo, en cambio, sigue siendo voluntario y por escrito, salvo fuerza mayor debidamente acreditada (art. 7).

Qué queda desde enero de 2027, sin la ley de teletrabajo

  • La definición del contrato de teletrabajo (Ley de Contrato de Trabajo, art. 102 bis), que la reforma no deroga (Ley 27.802, art. 207).
  • Lo que esté pactado por escrito en tu contrato: jornada, lugar, equipos, gastos. Nada de eso figura entre lo que deroga la reforma.
  • Lo que prevea el convenio colectivo de tu actividad, al que el propio 102 bis remite para las regulaciones específicas.
  • Las reglas generales de la Ley de Contrato de Trabajo: jornada (art. 197), facultad de modificar las formas del trabajo y sus límites (art. 66), entre otras.

Lo que deja de tener una norma específica

Desconexión digital, compensación de gastos, equipos, tareas de cuidado, reversibilidad y la presunción de accidente de trabajo en el domicilio estaban en la Ley 27.555 (arts. 5, 6, 8, 9, 10 y 14). Desde el 1 de enero de 2027 esa ley ya no rige. Si tu contrato o tu convenio repiten esas reglas, ahí quedan.

Qué conviene revisar antes de fin de año

  1. Buscá tu contrato o el acuerdo de teletrabajoLa ley exigía que el pase a teletrabajo fuera por escrito (art. 7) y que la jornada se pactara por escrito (art. 4). Ese papel es el que va a importar.
  2. Mirá qué dice tu convenio colectivoEl 102 bis remite a la negociación colectiva para cada actividad. Preguntá en tu sindicato si el convenio tiene cláusulas de teletrabajo.
  3. Anotá lo que cobrás por gastos y quién puso los equiposSi hoy recibís una compensación o te dieron computadora, dejá constancia: recibos, correos, actas de entrega.
  4. Guardá las comunicaciones fuera de horarioHasta el 31 de diciembre de 2026 rige el derecho a la desconexión (art. 5).
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Si te piden volver a la oficina

Mientras la ley de teletrabajo esté vigente, el pase de teletrabajo a presencial se rige por su artículo 8: por acuerdo, o cuando las características de la actividad lo requieran (Ley 27.555, art. 8, texto según el DNU 70/2023).

Más allá de esa ley, la Ley de Contrato de Trabajo permite al empleador cambiar las formas y modalidades del trabajo siempre que no altere modalidades esenciales del contrato ni cause perjuicio material al trabajador (Ley de Contrato de Trabajo, art. 66). Si el cambio excede esos límites, el trabajador puede intimar y, si la intimación es desoída, considerarse despedido o pedir que se restablezcan las condiciones (art. 66).

Más sobre esa regla: qué es el ius variandi y artículo 66 de la LCT. Cómo se intima: telegrama laboral gratuito.

No respondas de palabra

Si te ordenan volver y no estás de acuerdo, la respuesta va por escrito. Dejar de presentarte sin intimar antes puede complicar el reclamo.

Si estás por empezar a teletrabajar ahora

Si el pase a teletrabajo se arma en estos meses, todavía rige la ley y conviene que el acuerdo escrito deje todo detallado, porque desde enero ese papel va a ser la referencia principal:

  • Que conste que el pase es voluntario y por escrito (Ley 27.555, art. 7).
  • La jornada pactada, con horario de inicio y de fin (art. 4).
  • Quién pone la computadora, el software y el soporte, y quién paga las reparaciones (art. 9).
  • La compensación por conectividad y servicios, con su forma de cálculo (art. 10).
  • Cómo y cuándo se puede volver a la modalidad presencial (art. 8).
  • Que fuera del horario no hay obligación de responder mensajes (art. 5).

Lo que quede escrito en el contrato no depende de que la ley siga vigente.

Por qué conviene consultar antes de enero

Hasta el 31 de diciembre de 2026 la ley de teletrabajo está vigente y sus derechos se pueden reclamar. Desde enero, lo que no esté escrito en tu contrato o en tu convenio queda sin una regla específica.

La consulta es gratis y online: nos mandás tu acuerdo y te decimos qué conviene guardar o pedir. Tus derechos en general: derechos del trabajador.

ley de teletrabajo - WS y Asociados

Marco normativo

NormaContenido
Ley 27.555, arts. 1 a 19Régimen legal del contrato de teletrabajo, vigente desde el 1 de abril de 2021 (Res. MTEySS 54/2021)
DNU 70/2023, arts. 92 a 95Sustituyó los arts. 6, 8, 17 y 18 de la Ley 27.555
Ley 27.802, art. 199Deroga la Ley 27.555 desde el 1 de enero de 2027
Ley 27.802, art. 207Artículos de la LCT derogados (no incluye el 102 bis)
Ley de Contrato de Trabajo, arts. 66, 102 bis y 197Modificación de condiciones, contrato de teletrabajo y jornada

Textos oficiales en InfoLEG: Ley 27.555 y Ley 27.802.

Preguntas frecuentes sobre la ley de teletrabajo

¿La ley de teletrabajo está derogada?

Todavía no. La Ley 27.802 la deroga a partir del 1 de enero de 2027 (art. 199). Hasta el 31 de diciembre de 2026 sigue vigente.

¿Qué pasa con el teletrabajo desde 2027?

Se puede seguir trabajando a distancia. El artículo 102 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, que define el contrato de teletrabajo, no está entre los que la reforma deroga (Ley 27.802, art. 207).

¿Se termina el derecho a la desconexión digital?

Está en el artículo 5 de la Ley 27.555, que deja de regir el 1 de enero de 2027. Queda si lo prevén tu contrato o tu convenio colectivo.

¿El empleador me tiene que seguir pagando los gastos de internet?

Hasta fin de 2026 sí, conforme a lo que fije la negociación colectiva (Ley 27.555, art. 10). Después, depende de lo pactado y del convenio.

¿Me pueden obligar a volver a la oficina?

Hoy, por acuerdo o cuando la actividad lo requiera (Ley 27.555, art. 8). La Ley de Contrato de Trabajo además limita los cambios que alteren modalidades esenciales o causen perjuicio (art. 66).

¿Qué es la ley 27.555?

El régimen legal del contrato de teletrabajo, sancionado en 2020 y vigente desde el 1 de abril de 2021 (Res. MTEySS 54/2021).

¿Un accidente en casa trabajando es accidente laboral?

Mientras rija la Ley 27.555, los ocurridos en el lugar, la jornada y con ocasión del teletrabajo se presumen accidentes de trabajo (art. 14).

Trabajo desde casa para una empresa del exterior, ¿qué ley se aplica?

Mientras rija la Ley 27.555, la del lugar donde ejecutás las tareas (art. 17, texto según el DNU 70/2023).

¿Me pueden pasar a teletrabajo sin mi acuerdo?

Hasta fin de 2026, no: el pase debe ser voluntario y por escrito, salvo fuerza mayor debidamente acreditada (Ley 27.555, art. 7).

¿Qué tengo que hacer antes de enero de 2027?

Buscar tu acuerdo de teletrabajo, revisar tu convenio colectivo y guardar constancias de equipos y compensaciones.

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