Abogados de ART en San Isidro: accidentes de trabajo y Comisión Médica
Última verificación editorial: Octubre 2026 | Avalado por el equipo de abogados de WS y Asociados | Legislación Argentina Vigente | Leyes 24.557, 26.773 y 27.348; Resolución SRT 23/2018 | Política editorial
Si tu caso es de San Isidro, San Fernando o Vicente López, el trámite va a la Comisión Médica N° 39 (Resolución SRT 23/2018). Si no estás de acuerdo con lo que resuelva, se recurre ante los Tribunales del Trabajo.
La indemnización por incapacidad permanente se paga en un pago único que depende del porcentaje, del ingreso base y de tu edad (Ley 24.557, artículo 14).
Qué Comisión Médica corresponde: ART en San Isidro
Según la Resolución SRT 23/2018, corresponde la Comisión Médica N° 39, con competencia en San Isidro, San Fernando y Vicente López. Si el accidente fue en Tigre o Pilar, la misma resolución asigna la Comisión Médica N° 39, Delegación Pilar.
| Etapa | En San Isidro | Norma |
|---|---|---|
| Comisión Médica | Comisión Médica N° 39 | Resolución SRT 23/2018, art. 4 |
| Qué comisión elegir | La del domicilio del trabajador, la del lugar de trabajo o la del lugar donde habitualmente se reporta, a tu opción | Ley 27.348, art. 1 |
| Patrocinio | Obligatorio: vas con abogado | Ley 27.348, art. 1 |
| Si no estás de acuerdo | Recurso ante la justicia laboral de la Provincia según el domicilio de la comisión que intervino | Ley 27.348, art. 2 |
Para San Isidro, Vicente López y San Fernando, el recurso contra el porcentaje va a los Tribunales del Trabajo de San Isidro. Su organización está en la guía del departamento.
Guía: Tribunales del Trabajo de San Isidro. Resolución vigente: argentina.gob.ar.
Si trabajabas sin registrar, el porcentaje de incapacidad igual se determina, pero el camino depende de si el empleador tiene ART: si no la tiene, queda la vía judicial sin Comisión (Ley 27.348, art. 1). Más en accidente en negro.
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ART en San Isidro: Martínez, Boulogne, Beccar y el resto del partido
El partido de San Isidro tiene seis localidades: San Isidro, Martínez, Acassuso, Beccar, Boulogne Sur Mer y Villa Adelina. Para todas, la comisión que corresponde por domicilio es la Comisión Médica N° 39, con sede en San Isidro (Resolución SRT 23/2018), la misma de San Fernando y Vicente López.
Pilar y Tigre, aunque son del mismo departamento judicial, tienen otra delegación de la N° 39: ver ART en Pilar.
Si vivís en San Isidro y trabajás en la Ciudad o en otro partido
Podés elegir entre la comisión de tu domicilio y la del lugar donde trabajás (Ley 27.348, artículo 1). La elección no cambia cómo se calcula la incapacidad ni el pago único: cambia dónde se hace el examen y a qué justicia va el recurso. Si la comisión fue la de San Isidro, el recurso va a los Tribunales del Trabajo de San Isidro (artículo 2).
Tres situaciones de vecinos de San Isidro
Se recurre lo que resolvió la Comisión Médica N° 39 ante los Tribunales del Trabajo de San Isidro.
Podés elegir la sede de San Isidro, por tu domicilio, o la Delegación Pilar, por tu trabajo.
La ART tiene plazos para pagar desde que se fija la incapacidad; el detalle, en la sección de plazos.
Abogados de ART en San Isidro, en lenguaje claro y sin vueltas
En San Isidro, Vicente López y San Fernando, como en toda la Provincia, el momento en que más se juega en un reclamo a la ART es el final: cuando la Comisión Médica fija el porcentaje de incapacidad. De ese número depende la indemnización.
Antes de eso, la ART tiene que darte atención médica y pagarte los días que no trabajás. Pero si queda una secuela, conviene llegar a la Comisión con todos los estudios y saber de antemano qué valor le da el baremo a tu lesión.
El trámite ante la Comisión Médica es gratuito
Es gratuito para el damnificado, incluidos traslados y estudios complementarios.
Ley 24.557, artículo 21.
Si tu empleador no hizo la denuncia, la podés hacer vos: cómo denunciar el accidente. Y los plazos de cada etapa, en cuánto tarda la ART en pagar.
El panorama general, en abogados de accidentes de trabajo.

Incapacidad permanente y pago único: cómo se calcula
Cuando el tratamiento termina y queda una secuela, la Comisión Médica determina un porcentaje de incapacidad según el baremo. Con ese porcentaje se calcula la indemnización.
| Tramo | Qué dice la norma | Norma |
|---|---|---|
| Hasta 50 % | Pago único: 53 × ingreso base × porcentaje × 65 / edad. | Ley 24.557, art. 14.2 a |
| Entre 50 % y 66 % | Pago único con la misma fórmula. | Decreto 472/2014, Anexo, art. 2.2 |
| Desde 66 % | Incapacidad total, con su propio régimen. | Ley 24.557, art. 15 |
| Adicional | 20 % si el daño fue en el lugar de trabajo o a disposición del empleador. | Ley 26.773, art. 3 |
| Aviso del monto | La ART tiene quince días desde la determinación para notificarte. | Ley 26.773, art. 4 |
Por qué la edad cambia el monto
La fórmula multiplica por 65 y divide por tu edad al momento de la primera manifestación invalidante. Con el mismo porcentaje y el mismo sueldo, cuánto más joven, mayor es el resultado.
El ingreso base sale del promedio de lo que cobrabas antes del accidente, y su actualización tiene reglas propias. El método está en RIPTE y actualización.
Un punto de diferencia en el porcentaje cambia todo el cálculo. Por eso conviene revisar el dictamen con los estudios en la mano antes de aceptar el pago.
Para saber qué porcentaje da cada lesión, el buscador del baremo; si pasa del 66 %, incapacidad total.
Un ejemplo sin pesos: el efecto de la edad
| Caso | Cuenta | Resultado |
|---|---|---|
| 10 % de incapacidad a los 30 años | 53 × 0,10 × 65 / 30 | ≈ 11,5 veces el ingreso base |
| Con el 20 % adicional | 11,5 × 1,2 | ≈ 13,8 veces el ingreso base |
| 10 % de incapacidad a los 50 años | 53 × 0,10 × 65 / 50 | ≈ 6,9 veces el ingreso base |
| Con el 20 % adicional | 6,9 × 1,2 | ≈ 8,3 veces el ingreso base |
El mismo porcentaje vale casi el doble a los 30 que a los 50. Los montos en pesos dependen del ingreso base de cada uno, por eso la cuenta va en veces el ingreso base.
Por la misma razón, el dato de la fecha importa: la edad que entra en la fórmula es la de la primera manifestación invalidante, no la del día en que se cobra.
Si en San Isidro ya te dieron un porcentaje
Estas preguntas ordenan el caso.
| Pregunta | Por qué importa |
|---|---|
| ¿Qué porcentaje te dieron? | Es el dato que define el monto |
| ¿Coincide con la tabla del baremo? | Cada lesión tiene su valor en el Decreto 549/2025 |
| ¿Se valoraron todas las secuelas? | Las del mismo miembro se suman con topes |
| ¿Qué edad tenías al accidentarte? | Entra en la fórmula (65 / edad) |
| ¿Te notificaron el monto? | La ART tenía quince días (Ley 26.773, art. 4) |
Si el porcentaje no refleja la secuela, el dictamen se puede recurrir: cómo apelar el dictamen.
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Cuatro situaciones con el porcentaje de incapacidad en San Isidro
Situaciones concretas y qué mira la norma.
El dolor por sí solo no puntúa; se revisa si hay una secuela medible que no se valoró.
Las secuelas del mismo miembro y lado se suman, con el tope de la región.
Antes conviene revisar el porcentaje, porque cobrar implica haber optado (Ley 26.773, art. 4).
Es incapacidad total, con su propio régimen (Ley 24.557, art. 15).
En los cuatro casos, los estudios médicos y el dictamen son los documentos que se revisan primero.
Si todavía no pasaste por la Comisión Médica, conviene llegar con los estudios hechos: la ART tiene que garantizarlos antes o junto con el alta (Resolución SRT 7/2026), y la prueba se ofrece toda en la primera presentación.
Varias lesiones en el mismo accidente
Cuando un accidente deja más de una secuela, el baremo no las trata igual según dónde están. Las del mismo miembro y del mismo lado se suman, con el tope que corresponde a la región; las de regiones distintas se combinan sobre la capacidad que queda (Decreto 549/2025).
Por eso es importante que el dictamen mencione todas las secuelas, con sus estudios. Una lesión que no se evaluó es un porcentaje que no entra en la cuenta.
Los plazos desde el alta hasta el pago
El cobro de la incapacidad tiene etapas, y cada una tiene su plazo.
| Etapa | Plazo | Norma |
|---|---|---|
| Dictamen de la Comisión Médica | Sesenta días hábiles, prorrogables | Ley 27.348, art. 3 |
| Aviso del monto | Quince días desde la determinación | Ley 26.773, art. 4 |
| Reclamo | Dos años desde que la prestación debió pagarse | Ley 24.557, art. 44 |
Todos los plazos, paso a paso, en cuánto tarda la ART en pagar.
Si la Comisión Médica no resuelve en plazo, la ley deja abierta la vía judicial (Ley 27.348, art. 3).
Qué te tiene que dar la ART en San Isidro hasta que se fija la incapacidad
Antes del porcentaje vienen la atención médica y la rehabilitación, hasta la curación completa o mientras subsistan los síntomas (Ley 24.557, artículo 20), y la licencia paga (artículo 13). Recién cuando termina esa etapa la Comisión fija si queda una incapacidad permanente.
Lo que se cobra tiene el privilegio de los créditos por alimentos y es irrenunciable (artículo 11): no se puede ceder ni negociar a la baja.
Cómo empieza un reclamo con abogados de ART en San Isidro
- Terminar el tratamientoCon los estudios que la ART debe garantizar antes o junto con el alta.
- Buscar tu lesión en el baremoPara saber qué valor le corresponde.
- Ir a la Comisión MédicaCon abogado y todas las secuelas documentadas.
- Revisar el dictamenPorcentaje, secuelas valoradas y fecha de la primera manifestación.
- Cobrar o recurrirRecién después de revisar el monto notificado.
Con el porcentaje se calcula el pago único: 53 × ingreso base × porcentaje × 65 / edad (Ley 24.557, artículo 14, apartado 2, inciso a), más un 20 % si el accidente fue en el lugar de trabajo o mientras estabas a disposición del empleador (Ley 26.773, artículo 3). Para una primera cuenta, la calculadora de accidente de trabajo.
Marco normativo de la ART en San Isidro
Competencia territorial de cada Comisión Médica.
Comisión Médica a opción del trabajador, patrocinio y recurso judicial.
Licencia paga, prestaciones en especie y denuncia.
Incapacidad parcial: pago único; incapacidad total.
Entre 50 % y 66 %, pago único con la misma fórmula.
Adicional del 20 % y aviso del monto en quince días.
Prescripción a los dos años.
Errores que achican el reclamo a la ART
Me dijeron que era esoCada lesión tiene su valor en el Decreto 549/2025.
Me los iban a pedirLa prueba se ofrece toda en la primera presentación (Res. SRT 5/2026).
Ya me depositaronCobrar implica haber optado por el sistema (Ley 26.773, art. 4).
Lo del hombro no lo dijeLas secuelas del mismo miembro se suman.
Después veoLas acciones prescriben a los dos años (Ley 24.557, art. 44).
Preguntas frecuentes sobre la ART en San Isidro
¿Qué Comisión Médica corresponde a San Isidro?
La Comisión Médica N° 39 (Resolución SRT 23/2018).
¿Y Vicente López o San Fernando?
También la Comisión Médica N° 39.
¿Y Tigre o Pilar?
La Comisión Médica N° 39, Delegación Pilar.
¿Cómo se calcula la indemnización por incapacidad?
53 × ingreso base × porcentaje × 65 / edad, en un pago único (Ley 24.557, art. 14.2 a).
¿Qué pasa entre 50 % y 66 %?
Se paga en un pago único con la misma fórmula (Decreto 472/2014).
¿El dolor da porcentaje de incapacidad?
No por sí solo: el baremo del Decreto 549/2025 valora la secuela medible.
¿Las secuelas del mismo brazo se suman?
Sí, las del mismo miembro y lado se suman, con el tope que fija el baremo para la región.
¿La edad que se usa es la de hoy?
No: es la edad a la fecha de la primera manifestación invalidante (Ley 24.557, art. 14.2 a).
¿Se puede revisar el porcentaje?
Hasta que la incapacidad sea definitiva, la Comisión Médica puede hacer nuevos exámenes a pedido de la ART o del trabajador (Ley 24.557, art. 22).
¿Hay un adicional?
Sí, del 20 % si el daño fue en el lugar de trabajo (Ley 26.773, art. 3).
¿Cuánto tarda en llegar el monto?
La ART tiene quince días desde la determinación para notificarlo.
¿Necesito abogado para discutir el porcentaje?
Sí: el patrocinio letrado es obligatorio ante la Comisión Médica (Ley 27.348, art. 1).
¿Dónde se recurre el porcentaje?
Ante los Tribunales del Trabajo de San Isidro (Ley 27.348, art. 2).
Consultá tu caso
Atendemos casos de incapacidad en San Isidro, Vicente López, San Fernando, Tigre y Pilar. Traé el dictamen y los estudios: con eso se revisa si el porcentaje refleja la secuela.
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WS y Asociados, abogados matriculados en la Provincia de Buenos Aires y CABA (CPACF). Contacto +54 9 11 2399-2570.
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Tigre y Pilar van a la delegación Pilar. Todo el listado, partido por partido: qué Comisión Médica me corresponde: el listado de la Provincia por partido.
Pilar y Tigre
Pilar y Tigre tienen su propia delegación de la Comisión Médica N° 39: abogados de ART en Pilar.
